Estos son los gastos que podrán desgravarse los autónomos: sin tener factura

La nueva ley instaura un nuevo sistema de cotización de los autónomos y tiene previsto un periodo de implantación transitorio de nueve años

Estos son los gastos que podrán desgravarse los autónomos: sin tener factura

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Durante más de un año se han estado desarrollando numerosas negociaciones para llevar a cabo la reforma de cotización de los autónomos. Con esta reforma pretendía incorporar una bajada en el importe de la cuota mínima de los autónomos. Esta cifra sería de 94€ para aquellos cuyos rendimientos netos estén por debajo de 1.166,70 euros mensuales.

La nueva ley instaura un nuevo sistema de cotización de los autónomos y tiene previsto un periodo de implantación transitorio de nueve años. Sin embargo, el Boletín Oficial del Estado publicó el 26 de julio el Real Decreto-ley 13/2022 por el cual se ha establecido un nuevo sistema de cotización para los autónomos.

Los trabajadores por cuenta propia podrán rebajar los pagos mensuales a la Seguridad Social en un 7% sin tener que presentar factura o justificación alguna, y se descontará del cálculo de su cuota. Así se recoge en el articulado de la nueva ley del RETA. En el caso de los autónomos societarios podrán reducir su cuota un 3%. De esta forma, los rendimientos netos se calculan en función de los beneficios que se obtengan de la actividad.

La Agencia Tributaria permite deducir del IRPF los gastos de teléfono e internet, gastos de suministro, gastos de alquiler, tasas de basura y gastos de comunidad, la propia cuota de autónomos, reparaciones, desplazamientos y combustible y dietas.

Estos son los gastos que podrán desgravarse los autónomos: sin tener factura

Esta administración también permite deducir "gastos de difícil justificación" por un importe que resulta de aplicar un 5% al beneficio de la actividad. Este importe se suma al total de gastos que tienes de la actividad, para así reducir el beneficio sobre el que aplicarás el Impuesto de la Renta. Si bien, el importe anual por gastos de difícil justificación no puede superar el límite de 2.000 euros.

Escrivá los autónomos acuerdan una cuota mínima de 230 euros

El texto recogido por la Seguridad Social establece que la cuota mínima que pagarán los autónomos en 2023 queda en 230 euros y la máxima se fija en 500 euros. Para el año 2024, el acuerdo contempla cotizaciones mínimas de 225 y 530 euros. Mientras que en 2025, las cuotas se enmarcan entre los 200 y 590 euros.

Estos son los gastos que podrán desgravarse los autónomos: sin tener factura

Además se han fijado unos tramos en los que se puede apreciar el encarecimiento del pago a la Seguridad Social. En caso de pagar la cuota máxima de 500 euros al mes, será porque en la actividad realizada el rendimiento neto mensual será de más de 6.000 euros. Con los tramos fijados, el trabajador por cuenta propia podrá realizar modificaciones en los rendimientos previstos en el caso de que vea que mejore o empeore su situación, cada dos meses. Sin embargo, la Seguridad Social podrá observar las cotizaciones realizadas a lo largo del año por el autónomo y podrá obligar a pagar y las mayores contribuciones en el caso de que fuera necesario.

El Consejo de Ministros ha aprobado este real decreto por el que se reforma el sistema de los autónomos y que supone un primer paso para que este colectivo cotice en función de sus ingresos reales. Este decreto, que será tramitado como proyecto de ley, es fruto de un acuerdo entre el Ministerio de Inclusión, los agentes sociales y las asociaciones de autónomos, responde a las recomendaciones del Pacto de Toledo y forma parte de los hitos del plan de recuperación.