Freno a las excesivas pretensiones económicas de entidades gestoras de derechos de autor como AGEDI

La Comisión de Propiedad Intelectual, adscrita al Ministerio de Cultura, ha dictaminado en el conflicto entre estas organizaciones y las emisoras de radio

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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AGEDI, que representa a las multinacionales, y AIE, representante de los intérpretes y ejecutantes de música son las entidades gestoras de derechos de autor a las que pone freno la Comisión de Propiedad Intelectual.

La Comisión de Propiedad Intelectual, adscrita al Ministerio de Cultura, ha dictaminado en el conflicto entre estas organizaciones y las emisoras de radio: fija un nuevo sistema de tarifas más justo y equitativo, y pone fin al criterio arbitrario que aplicaban hasta ahora las propias entidades de gestión de derechos de autor.

La Asociación Española de Radiodifusión Comercial, que agrupa a las principales radios comerciales de España, como COPE, SER u Onda Cero, ha mostrado en un comunicado su satisfacción ante la noticia y confía en que el sector quedará a partir de ahora mucho mejor regulado en esta materia.

Esta es la primera resolución que dicta la Comisión a la que la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual que tuvo lugar en el año 2014 atribuyó la competencia para decidir el importe de las tarifas en el caso de que las entidades de gestión y las asociaciones de usuarios no lleguen a un acuerdo.

El conflicto de AGEDI y AIE con las emisoras de radio integradas en la AERC arrancó en el año 2010 y giraba en torno al importe que deben pagar las radios por el uso de fonogramas en su programación. En el año 2010 finalizó el contrato que existía entre las partes, momento en el que AGEDI y AIE -que por entonces fijaban el precio a su libre albedrío-, decidieron incrementar la tarifa considerablemente. Ante esa repentina subida de precios las radios optaron por pagar a cuenta la misma cantidad que resultaba del contrato anterior, aunque ese precio no era justo ni equitativo porque conducía al desafuero de que pagaran mucho más las radios que menos música utilizaban.

La resolución de la Comisión de Propiedad Intelectual de 20 de septiembre de 2018 pone fin a ese conflicto decidiendo que la cantidad a pagar consistirá en un tipo o porcentaje que se aplica sobre una base compuesta fundamentalmente por los ingresos de publicidad. Lo decisivo es el dato añadido de que tanto el tipo como la base se modulan en función de la intensidad y la relevancia del uso de fonogramas en las emisoras de radio, con lo cual se elimina el efecto perverso de que pague más el que menos consume.

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