Qué multa te pueden poner si te pillan viendo fútbol pirata: sanciones y cuánto costaría contratar una tarifa

La decisión de un juzgado abre la puerta a sancionar a quienes consuman fútbol de forma ilegal. ¿De qué multas hablamos?, ¿a cuánto pueden ascender,? ¿podría haber penas de cárcel?

Hombre viendo el fútbol en televisión

Redacción Mediodía María Bandera

Publicado el - Actualizado

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La piratería del fútbol en España podría tener los días contados. Así lo evidencia una sentencia en este sentido de un Juzgado de lo Mercantil de Barcelona que ha dado luz verde a la posibilidad de emprender acciones legales contra aquellas personas que consuman fútbol en la televisión de manera ilegal.

Su recorrido de todas maneras se presume de momento complicado porque en el camino hay un escollo: la ley de Protección de Datos.

Piratería digital

Lo cierto es que la piratería digital es un tema preocupante que siempre ha estado sobre la mesa por tratarse de una práctica que, según informan algunos medios, podría suponer un pellizco al bolsillo de los clubes de unos 200 millones de euros anuales.

La piratería digital cerraba 2022 con un aumento del 3,3 por ciento en la UE, con protagonismo de las emisiones en ‘streaming’ de televisión y los eventos deportivos, que suponen casi la mitad de los contenidos ilegales, tal y como advertía el año pasado el informe publicado por la Oficina de la Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO). De hecho, en España, el consumo de eventos deportivos en directo representaba entonces un tercio del total de contenidos pirateados.

Fútbol en casa

¿Cómo se descubrirá a los usuarios 'culpables'?

Es por ello que la lucha contra la piratería por parte de LaLiga y de las plataformas televisivas no sea nada nuevo. Hasta este momento las medidas apuntaban a las mafias o a los locales que emitían este fútbol de forma ilegal, sin embargo ahora se da un paso más y se busca directamente a quienes vean los partidos de manera ilegal desde su propia casa.

¿Cómo y qué datos?

A priori saber quien está haciéndolo desde la intimidad de su hogar puede parecer complicado, pero no lo es.

A grandes rasgos, los operadores tendrían que informar a LaLiga sobre aquellos que se conecten a estos servidores de forma pirata aportando datos como la "dirección IP asignada al usuario, nombre y apellido del titular que contrató el servicio de acceso a internet, dirección postal de la instalación de la línea y de facturación y documento identificativo (DNI, NIE)", según explica COPE.

"Cada vez que hacemos una conexión desde nuestro ordenador a una web o aplicación pirata, queda registrada la conexión directamente con el teleoperador de nuestra señal de internet", explicaba este jueves en El Partidazo de COPE, Juan Carlos Fernández, experto de la empresa Smart Protection, líder mundial contra la piratería de contenidos audiovisuales en internet.

Cada IP, recordaba, "es única" ya que "cada dispositivo o router tiene un IP asignado, y cada vez que se conecta a un servidor pirata, queda registrado".

Pero atentos porque acceder a todos estos datos personales puede chocar de frente con la ley de Protección de Datos.

¿A qué sanción me puedo enfrentar?

La decisión del Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona abre la puerta por tanto a sancionar a aquellos espectadores que se descarguen y vean los partidos 'por la puerta de atrás'.

Pero, esto ¿qué implica realmente?, ¿habrá realmente multa?, ¿a cuánto podría ascender? ¿y penas de cárcel? Lo cierto es que hasta el momento hay más sombras que luces, porque el paso se ha dado pero hay que aterrizarlo.

Bien es cierto que podemos echar la mirada atrás para ver decisiones judiciales en este sentido que podrían ayudar a hacernos una idea del alcance. Es el caso de una sentencia del pasado 2 de junio, que confirmaba que un hombre de Valencia tendría que pagar 720 euros de multa al haber retransmitido en las televisiones de sus tres bares de forma continuada varios partidos de fútbol cuyos derechos de explotación ostentaba en exclusiva la Liga de Fútbol Profesional, y sin su permiso ni el de sus cesionarios.

De esta manera el Supremo dictaminaba que locales de ocio como los bares, cuando emiten partidos de fútbol sin autorización, cometen un delito leve contra el mercado y los consumidores, pero no contra la propiedad intelectual, que eso sí que traería consigo penas de cárcel.

Sin embargo las sanciones ahora "podrían ser mucho más elevadas", señala La Razón que explica que aunque para nosotros se trata de algo novedoso, "esta práctica ya se lleva a cabo en otros países europeos como Italia, donde las sanciones por estas infracciones pueden alcanzar hasta los 5.000 euros".

En cualquier caso, tal y como ha advertido el abogado José Luis Tejuca en Mediodía COPE, por lo pronto es "difícil" de precisar la cantidad de una posible multa. "En principio podríamos estar cuantificándola, al menos en lo que a daños y perjuicios se refiere, en las cantidades que el legítimo titular de los derechos de distribución del fútbol pudiera estar ofertando ese servicio a través de las plataformas legales".

Es decir, "si un usuario que accede a través de streaming se está ahorrando el tener que pagar a cualquier plataforma que ofrece el fútbol de forma legal una cantidad determinada, pues ese es el perjuicio que le está ocasionando al distribuidor".

En otras palabras, tendrá que pagar al menos lo que el distribuidor "esté dejando de percibir" debido a su consumo ilegal.


Tarifas

Si ante esta amenaza "razonable", como señalaba Carlos Herrera hoy, hay quien se plantea ya 'legalizar' su situación y ya está mirando tarifas que pueden rondar en algunos operadores de telefonía los 40 euros, dependiendo de si queremos ver todo el fútbol, Champions, Europa League, o LaLiga.

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