A modo de diccionario: las casillas de la Declaración de la Renta de imprescindible cumplimentación

Cada año, cuando llega la primavera, tenemos una cita con Hacienda. Puesto que es una obligación, vamos a cumplir con ella.

Cada vez es más fácil hacer la Declaración de la Renta

Raquel Pérez Polo

Madrid - Publicado el - Actualizado

5 min lectura

Hacer la declaración de la Renta es como todo, hay que ponerse a cocinar para hacer un buen cocido, una paella, las tan nutritivas lentejas o una simple tortilla francesa. Claro que si las lentejas te quedan sosas siempre podrás corregir el punto de sal. Ahora bien, si nos equivocamos en la declaración y Hacienda cree que le intentas timar, tendrás una paralela.

Declaración paralela o alternativa:  es cuando Hacienda envía una liquidación provisional donde constan los errores detectados. Es una propuesta de liquidación provisional que se remite al ciudadano para corregir un error u omisión, y recibe este nombre porque en el documento figuran dos columnas paralelas. En una aparecen los datos que ha aportado el ciudadano y, en la otra, los que Hacienda considera correctos. Estas últimas cifras vienen acompañadas de asteriscos. Al final del documento hay un apartado en el que se registran los preceptos incumplidos y se señalan los puntos de la ley que la Agencia Tributaria considera que ha infringido el ciudadano, según la legislación vigente en el año de la revisión. Es frecuente que en la columna se vean muchos asteriscos, pero esto no siempre significa que se hayan realizado numerosas infracciones, sino que cuando se comete una infracción o un olvido en los datos aportados, este influye sobre los demás y modifica los cálculos sucesivos.

Cada vez es más fácil, dicen quienes están familiarizados con las hojas llenas de casillas y números interrelacionados unos con otros, rellenar la declaración. Desde hace unos años con confirmar el borrador que nos envían desde la Agencia Tributaria, vale si estás conforme con el mismo. En esta campaña ya se puede hacer desde el móvil. Los avances son evidentes, aun así, hay veces en los que rellenar casilla a casilla es necesario o bien porque hemos cambiado de estado civil, porque ha aumentado la familia, hemos recibido una herencia o un premio muy bien dotado. O algo más común, tenemos dos pagadores.

ctv-vep-servicios disponibles

¿Qué casillas deben reclamar toda nuestra atención?¿Cuáles son las más importantes? ¿Por qué? 

Si está obligado a presentar declaración, la Agencia Tributaria en su web facilita rellenar el borrador.  Una vez identificado, se pueden ir siguiendo los pasos que va pidiendo el formulario

Datos personales y familiares a 31-12-2017: 

En este apartado hay que introducir o verificar los siguientes datos, situación familiar, datos del primer declarante, hijos y otros descendientes, ascendientes, comunidad autónoma en la que reside.

* Datos personales y familiares: Si tiene derecho a la deducción por maternidad, debe verificar que aparezca incluida en la casilla (0571), igual que si tiene derecho a alguna de las deducciones familiares por descendiente o ascendiente discapacitado, familia numerosa o monoparental con 2 hijos y sin derecho a percibir anualidades, casillas (0582), (0595), (0609) y (0611), respectivamente.

* Deducciones autonómicas: si tiene derecho a alguna y no figurara en el borrador, puede consignarla en las casillas correspondientes a su Comunidad Autónoma.

Datos Económicos a 31-12-2017:

Datos del domicilio e información adicional a la vivienda que habitamos

* Deducción por inversión en vivienda habitual: si tiene derecho a la aplicación del régimen transitorio, verifique que la información de los préstamos hipotecarios que aparece en sus datos fiscales es correcta y que está consignada correctamente en las casillas (0501) y (0502).

* Deducción por alquiler de la vivienda habitual: si su contrato de alquiler es anterior al 1 de enero de 2015 y cumple las condiciones para aplicarse la deducción, consígnela en las casillas (0516) y (0517).

Asignaciones tributarias (sostenimiento económico de la Iglesia Católica o actividades previstas en el Real Decreto-Ley 7/2013, de 28 de junio)

Página 4, nos vamos a encontrar con las casillas 1 a 23:  en las que tendremos que introducir los datos de los ingresos, gastos y reducciones de lo relacionado con los rendimientos del trabajo.

Casillas de la 24 a 54: son las que nos piden los datos refrentes a los rendimientos y gastos procedentes del capital mobiliario.

Página 5, casillas 55 a 85: estas casillas nos piden imputaciones, rendimientos y gastos procedentes del capital inmobiliario. Relación de los inmuebles de nuestra propiedad que se encuentran a nuestra disposición o se han tenido arrendados o cedidos.

Página 6, casillas 100 a 140: Hacienda nos pide que incorporemos datos de los rendimientos de actividades económicas en estimación directa. Actividades económicas realizadas y rendimientos obtenidos.

Página 7, casillas 141 a 165: en las que vamos a responder de los rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva. Actividades económicas realizadas y rendimientos obtenidos.

Página 8, casillas 166 a 194: Estas casillas interesan a los agricultores y ganaderos ya que hay que incorporar los datos de los rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva: agrícolas y ganaderas. Actividades económicas realizadas y rendimientos obtenidos

Página 9 y 10, casillas 195 a 250: se refieren a regímenes especiales. Entidades en atribución de rentas, etc.

Página 10 (III),  casillas 265 a 290: datos referidos a las ganancias y pérdidas que no derivan de transmisiones (más comunes) como

Casilla 266,  Premios en juegos, rifas, etc.

Casilla 276, Premios en concursos publicitarios

Casilla 283, Subvenciones en vivienda

Casilla 286, Renta básica de emancipación

Página 11, casillas 293 a 307: Incorporación de los rendimientos obtenidos por participaciones en FONDOS DE INVERSIÓN COLECTIVA.

Página 11(II), casillas 308 a 322: son las casillas para informar de los rendimientos obtenidos por acciones negociadas en BOLSA.

Página 11(III), casillas 323 a 337: seguimos con los beneficios, los rendimientos obtenidos por la transmisión de los derechos de suscripción de acciones.

Página 12 y 12 (II), casillas 338 a 379: debemos rellenarlas en el caso de ganancias o pérdidas obtenidas por la transmisión de elementos patrimoniales, inmuebles u otros bienes.

Página 13, casillas 414 a 435: Incorporación de las partidas pendientes de compensar de ejercicios anteriores.

Página 14, casillas 437 a 456: Incorporación de las reducciones por aportaciones a sistemas de previsión. 

Planes de pensiones: si tiene aportaciones, debe comprobar que figuran incluidas en la casilla (0443).

Página 15, casillas 457 a 465: estas casillas deberán ser cumplimentadas por aquellas personas separadas o divorciadas ya que se refieren a los pagos al excónyuge de pensiones compensatorias.

Página 16, casilla 497: se debe rellenar como en el supuesto anterior en el caso de pagos por anualidades por alimentos a favor de los hijos.

Página 17 (II), casillas 571 a 620: casillas para incorporar los datos a fin de obtener las siguientes deducciones:

DEDUCCION POR MATERNIDAD

DEDUCCION POR DESCENDIENTES CON DISCAPACIDAD

DEDIUCCION POR ASCENDIENTES CON DISCAPACIDAD

DEDUCCION POR FAMILIA NUMEROSA

DEDUCCION POR ASCENDIENTE EN FAMILIA MONOPARENTAL

Página Anexo A1, casillas A a E: se refieren a los importes y datos adicionales por los gastos de inversión en adquisición de vivienda habitual.

Página Anexo A1(III), casillas 664 a 670: habrá que incorporar los importes y datos adicionales por los gastos de alquiler de vivienda habitual.

ctv-sr8-1 vivienda

Página Anexo A2, casillas G a M: Incorporación de los importes y datos adicionales por los pagos realizados en donaciones y por afiliación a partidos políticos.

* Cuotas sindicales: si tiene aportaciones debe incluirlas en la casilla (0013).

Página Anexo B, casillas 874: Incorporación de las deducciones autonómicas que nos puedan corresponder.

Temas relacionados

Herrera en COPE

Herrera en COPE

Con Carlos Herrera

Lunes a viernes de 06:00h a 13:00h

Programas

Último boletín

12:00H | 25 NOV 2025 | BOLETÍN