¿Qué hacer si tienes pagado un viaje y estás en una mesa el 23J?: Los pasos a seguir

Se calcula que 500.000 personas serán llamadas para estar en una mesa electoral.

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Escucha la crónica de Susana Moneo, sobre la cancelación de viajes ante el 23J

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Hasta ahora las juntas electorales han venido aceptando viajes como eximentes pero nunca se han celebrado elecciones en un periodo vacacional tan claro y se calcula que 500.000 personas serán llamadas para estar en una mesa electoral.

¿Qué hacer si se tiene pagado un viaje y la Junta nos obliga a estar en esa mesa?

Eugenio Ribón es abogado experto en consumo y decano del Colegio de Madrid. Señala en COPE que procede "la devolución íntegra porque estamos ante un supuesto clásico de fuerza mayor y así lo contempla el artículo 1.105 del Código Civil". No obstante para ello "tienen que darse dos circunstancias; la primera que estemos ante un suceso imprevisible y la segunda, que sea inevitable".

Así que si no obtenemos la devolución, podemos acudir a los tribunales aunque no tengamos ningún seguro, siempre y cuando el viaje se haya contratado antes de la convocatoria electoral.

Si lo hacemos después lo mejor es tener ese seguro que cubra circunstancias de cumplimiento legal.

Flexibilidad y vacaciones como algo inaplazable

En este sentido, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha pedido a las Juntas Electorales de zona que flexibilicen sus criterios de admisión de las causas para no estar en las mesas electorales y entiendan que las vacaciones son un evento familiar de especial relevancia y que resulta inaplazable.

"En caso contrario puede provocar un perjuicio económico importante", según apostilla la OCU en un comunicado en el que solicita a las Juntas Electorales de zona que actúen de esta forma para evitar una avalancha de reclamaciones por cancelación de viajes.

Es más, la organización considera que ante esta situación que se va a producir sería el momento de modificar el artículo 27 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para dotar de voluntariedad al nombramiento de presidente y vocales de las mesas electorales.

De momento, lo que considera prioritario es que se dicte una instrucción por parte de la Junta Electoral Central, en ejercicio de la potestad atribuida por la Ley, que establezca criterios unificados sobre excusas de participación en las mesas electorales.

Cómo cancelar vacaciones sin penalización

En caso de que entre esos criterios unificados no esté el de haber contratado las vacaciones y la Junta Electoral deniega por tanto la excusa alegada, las personas designadas como parte de la mesa se encontrarían, según la OCU, ante un supuesto "de fuerza mayor", ya que se trata de "una obligación legal, imprevista e imprevisible" y por tanto, se pueden cancelar las vacaciones sin penalización económica.

Para hacerlo, no es necesario tener un seguro de viajes contratado, según la organización, por ser una circunstancia extraordinaria que obliga a las partes a restituirse en sus prestaciones por aplicación del Código Civil.

Los afectados deberán acompañar a la solicitud de cancelación, la resolución de la Junta Electoral de la designación como miembro de la mesa electoral, y la otra por la que se deniega la excusa.

Las personas que sean llamadas para formar parte de una mesa electoral y quieran presentar alegaciones tiene siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona cuál es la causa justificada que les impide la aceptación del cargo.

Esa solicitad la deben acompañar de la documentación que acredita la misma, como por ejemplo la reserva de hotel o la compra de un billete de avión o de tren.

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