Contactar con un trabajador fuera del horario laboral puede suponer una multa de 6000 euros

Casi la mitad de los empleados españoles recibe correos o llamadas de trabajo fuera de su jornada laboral

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Esto es lo que puede pasar si tu jefe te escribe o te llama fuera de tu horario laboral

Victoria Ballesteros

Publicado el - Actualizado

1 min lectura

Puede ser un gesto inocente, amparado en el buen funcionamiento del trabajo, pero cuidado con él porque en algunos casos llega hasta ser considerado como acoso. Me estoy refiriendo a recibir correos electrónicos o llamadas de trabajo fuera de la jornada laboral, incluso en plenas vacaciones como las que ahora están disfrutando muchos españoles.

Jefes o compañeros que no respetan el descanso y la desconexión. Es una realidad que afecta a casi la mitad de los empleados. En concreto, según un informe de UGT y la Universidad de Valencia, más de la mitad reciben correos electrónicos y whatsapp relacionados con el trabajo fuera de su horario laboral, incluso en vacaciones; y 3 de cada 10, llamadas telefónicas.

Esta situación se ha agravado con el teletrabajo. Muchas personas conviven con sus dispositivos 24 horas, 7 días a la semana, se conectan a cualquier hora, lo que dificulta un descanso correcto.

Además, el 60% de las empresas no cuenta con un plan para la desconexión digital de los trabajadores.

¿Cómo desconectar?

En vacaciones, el apagón es lo más eficaz. Lo que pasa es que no siempre tenemos un móvil o un ordenador del trabajo. Muchas veces, utilizamos nuestro portátil o nuestro teléfono personal y se complica la desconexión. En estos casos, podemos optar por otras soluciones, como dejar un mensaje advirtiendo de que estamos fuera de la oficina, desinstalar la app del correo o salirse de los grupos de whatssapp.

¿Conoces el síndrome del trabajador quemado? Esta es una de las consecuencias si no desconectas del trabajo

El pasado año, se detectaron más de 11.000 infracciones a empresas españolas por vulnerar el tiempo de descanso de sus trabajadores. En caso de que las empresas no cumplan este derecho, pueden recibir multas de entre 625 y 6.250 euros. Esas sanciones pueden llegar a superar los 180.000 si se determina que hay una conducta reiterativa, que se considere acoso.

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