¿Qué es un fraude fiscal?

Màxim Huerta, exministro de Cultura y Deporte

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El fraude fiscal, como el cometido por Màxim Huerta, ya exministro de Cultura y Deporte, es una conducta contraria a la ley que está tipificada en el Código Penal como delito. Se entiende que defrauda quien omite ingresos tributarios y deja de ingresar la cuota correspondiente.

Màxim Huerta ha tributado a través de un impuesto de sociedades lo que tendría que haber tributado a través del IRPF, con un tipo impositivo más elevado, puesto que no eran gastos derivados para los que se había creado la sociedad. 

Por un lado, Huerta ha infrigido el artículo 191.1 de la Ley General Tributaria, que recoge que "constituye infracción tributaria dejar de ingresar dentro del plazo establecido en la normativa de cada tributo la totalidad o parte de la deuda tributaria que debiera resultar de la correcta autoliquidación del tributo, salvo que se regularice con arreglo al artículo 27 o proceda la aplicación del párrafo b) del apartado 1 del artículo 161, ambos de esta ley.

También constituye infracción tributaria la falta de ingreso total o parcial de la deuda tributaria de los socios, herederos, comuneros o partícipes derivada de las cantidades no atribuidas o atribuidas incorrectamente por las entidades en atribución de rentas".

Además, Huerta intentó benficiarse del artículo 45.2 de la Ley de IRPF, que especifica que "formarán la renta general los rendimientos y las ganancias y pérdidas patrimoniales que con arreglo a lo dispuesto en el artículo siguiente no tengan la consideración de renta del ahorro, así como las imputaciones de renta a que se refieren los artículos 85, 91, 92 y 95 de esta Ley y el Capítulo II del Título VII del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades".

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