¿Qué pasa si no pago una multa de estacionamiento al ayuntamiento? Plazos, reducciones y qué te embargan

Las multas son sanciones y no hacerles frente dentro de unos plazos conlleva consecuencias legales y económicas. Te contamos los plazos, reducciones y qué te pueden embargar

Multa

María Bandera

Publicado el - Actualizado

4 min lectura

Quien más quien menos se las ha visto alguna vez con una multa. Unas sanciones que imponen las autoridades por infringir una ley, por realizar acciones ilegales, peligrosas o contrarias al interés general.

Entre las más conocidas están aquellas que responden a un exceso de velocidad al volante o por un estacionamiento indebido. Palabras mayores son aquellas interpuestas por evasiones fiscales o que vulneran por ejemplo normativas ambientales.

Asociado a la multa va el pago de una sanción, que varía dependiendo de su naturaleza y gravedad y que puede provocar incluso que nos lleguen a confiscar bienes. También cuando están las relacionadas con tráfico, que pueden conllevar medidas adicionales como la pérdida de puntos en nuestro permiso de conducir.

Las multas persiguen a priori disuadir de una conducta errónea en aras de mantener el orden público y la seguridad general, si bien las de tráfico siempre han sido muy cuestionadas por poder buscar un fin más recaudatorio.

¿Qué pasa si no pagamos una multa?

Una multa es una deuda y como tal hay que hacerse cargo. No hacerlo implica consecuencias legales y económicas. Pero no todas las multas son iguales.

A priori pueden conllevar recargos e intereses si no las pagamos a tiempo. Si están relacionadas con una infracción de tráfico, es posible que al no pagarla podamos perder puntos en el permiso de conducir o incluso que nos lo revoquen.

Hay países en los que el hecho de no haber pagado una multa nos puede complicar la renovación del pasaporte e incluso platear restricciones a la hora de viajar.

Las multas de tráfico

Son de las más comunes, y vienen dadas por un exceso de velocidad, por no respetar las señales de tráfico, conducir de manera peligrosa, usar el teléfono móvil al volante, por no tener un seguro en vigor, o por no contar con la documentación pertinente en el coche.

Para hacerlas frente por lo general, existe un plazo de pago de hasta "20 días naturales", en el que podremos tener una reducción del 50% de la cuantía, pero renunciando al derecho a hacer alegaciones", según explican desde abogadosparatusdeudas.

Pasado ese tiempo, comienza el periodo ordinario, que dura esta vez "25 días naturales" en el que podremos pagar la deuda por la cantidad que marca la multa. En este caso "no se puede alegar, salvo que exista algún tipo de error en la denuncia".

Cumplido ese plazo, ya nos llega el recargo del "5% en la multa", según explica Race. Si seguimos sin pagar, la Agencia Tributaria nos enviará un apremio "con un nuevo plazo, pero esta vez con un recargo del 20%".

Y si seguimos sin asumirla, este organismo optará por el embargo. Primero tirará de "dinero efectivo o en cuentas, sueldo o pensión, bienes inmuebles, etc...

Por eso, lo mejor en caso de vernos incapacitados para pagarla es acudir al organismo que nos la haya puesto para explorar opciones de pago, plazos, etc...

Multa

Multa de un ayuntamiento

En estos casos, de forma general, "hay un plazo de 60 días para pagar, y se pueden hacer alegaciones en los 30 primeros", además disponemos "de un plazo para pagar con reducción, si se renuncia a alegar", según explican desde abogadosparatusdeudas.

Pasado ese tiempo, tendremos ya un "recargo del 5%" que con el tiempo se irá incrementando, primero un 10% y luego un 20%.

De no pagar no enfrentaremos igualmente a un embargo.

Coches aparcados, archivo

Puede darse el caso de que no la paguemos porque no la hayamos recibido en nuestro domicilio. Por eso es importante tener actualizados esos datos en la Dirección General de Tráfico, de forma que nos lleguen las notificaciones "al lugar correcto", según explica el Ayuntamiento de Madrid.

La multa falsa

Pero ojo porque las estafas también han invadido el territorio de las multas. Recientemente el Ayuntamiento de la capital avisaba sobre unas fotocopias que simulaban ser sanciones de tráfico colocadas en los parabrisas de algunos coches.

Su diseño es bastante real. En este papel se puede ver claramente el logotipo del Ayuntamiento, una presunta clave de infracción, el hecho denunciado, precepto infringido, cuantía de la sanción, el importe con la reducción por pronto pago, un código QR y una referencia.

En teoría ese código remite a la web de pago de sanciones de Ayuntamiento y en algún momento podría haber algún tipo de captura de datos personales. Desde el consistorio ya han dejado claro que ellos no usan esos QR.

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