¿Cuál puede ser la multa para quienes no lleven mascarilla?
Las Comunidades Autónomas han decidido intensificar sus medidas de prevención y seguridad para intentar frenar la propagación del virus
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Los rebrotes de coronavirus superan ya los 224 en toda España, y ya son 337.334 los contagiados en territorio nacional desde el inicio de la pandemia. Con esto, las Comunidades Autónomas han decidido intensificar sus medidas de prevención y seguridad para intentar frenar la propagación del virus.
Todas las Comunidades, salvo las Islas Canarias, han implementado como medida el uso obligatorio de las mascarillas en espacios al aire libre o cerrados, sin tener en cuenta que se pueda o no mantener la distancia de seguridad, también en las terrazas, cuando no se esté consumiendo, y en las playas o piscinas.
Después de la manifestación anti mascarillas, promovida por Miguél Bosé, el conocido como #Madrid16A, que se produjo el domingo 16 de agosto en la Plaza de Colón en Madrid, el delegado del gobierno, José Manuel Franco, aseguró que los aistentes a dicho evento han sido identificados y tendrán la consiguiente sanción.
Destaca que no se comunicó el motivo de la manifestación, y que se acordó el cumplimento de todas las medias de seguridad, algo que finalmente no ocurrió. Se decidió por la identificación, antes que por la disolución por los estragos que se esa gente pudiese causar en la ciudad.
¿Cuál es la sanción a la que se enfrentan las personas que no cumplan con el uso de la mascarilla?
El incumplimiento de esta medida puede suponer una sanción económica. Todas las comunidades que han impuesto esta medida han adoptado una multa de 100 euros por falta leve recogida en el Real Decreto-ley de la "nueva normalidad". Sin embargo, dependiendo de la gravedad, la sanción puede ser más elevada.
Existen excepciones, ya que no será obligatoria para personas con patologías o dificultades respiratorias o que, por una situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Tampoco será exigible su uso durante el baño en playas o piscinas, ni al tomar el sol, al igual que al hacer deporte al aire libre o en cualquier situación de fuerza mayor que su uso resulte incompatible.
"El incumplimiento de las medidas recogidas en esta resolución será objeto de régimen sancionador de acuerdo con la legislación sectorial aplicable", destaca la normativa, lo que puede suponer multas de 100 euros para los infractores.
Según el Decreto ley 11/2020, de 10 de julio, publicado por el Gobierno autonómico en el que se fija el régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas, no llevar mascarilla en las circunstancias en las que sea obligatorio se sancionará con una multa de 100 euros, aunque la cuantía puede alcanzar los 6.000 euros en casos graves.