Procesado Villarejo por grabar la reunión del CNI y la Policía sobre el pequeño Nicolás

La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Madrid cree que el excomisario está detrás de la filtración de esa grabación.

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Madrid, María Pilar Martínez Gamo, cree que el comisario jubilado José Manuel Villarejo ordenó grabar la reunión que el 20 de octubre de 2014 mantuvieron agentes de Asuntos Internos de la Policía y del CNI sobre Francisco Javier Gómez Iglesias, el pequeño Nicolás, y que estuvo detrás de la filtración de esa grabación.

Por ello, ha dictado un auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado -el equivalente al procesamiento- contra el propio Villarejo; su mujer Gema Isabel Alcalá, y el periodista Carlos Mier, que trabajaba en el medio digital que dirigía Alcalá y habría sido el autor de la grabación.

Según la juez, los tres podrían haber incurrido en delitos de revelación de secretos, Villarejo y Mier como autores y Alcalá como cooperadora necesaria. Por contra, ha decidido el sobreseimiento provisional de esta causa para el pequeño Nicolás.

Y aunque da traslado a la Fiscalía y a las acusaciones para que formulen su escritos de acusación interesando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento, recuerda que este auto puede ser recurrido en reforma ante la jueza y en apelación ante la Audiencia Provincial.

La reunión se celebró en el despacho del exjefe de Asuntos Internos de la Policía Marcelino Martín Blas, presente junto a dos inspectores y otros dos espías del CNI, a quienes los agentes iban a informar de las últimas investigaciones sobre Gómez Iglesias.

En el momento de los hechos, Villarejo estaba destinado como adjunto al director adjunto operativo (DAO), por lo que supuestamente tuvo conocimiento de la celebración de ese encuentro.

Fue así como presuntamente ordenó al periodista que grabara la reunión con el objetivo tanto de "conocer su contenido como de divulgarla con fines espurios" a la prensa.

Según la jueza, el periodista hizo una llamada a Martín Blas que duró 13 minutos justo cuando arrancó la reunión, si bien el comisario jubilado niega que hubiera recibido dicha llamada en su terminal, que tenía anulados los servicios de seguridad en ese momento.

Esa "grabación presuntamente fue capturada y transmitida de forma simultánea a través del canal telefónico y con un dispositivo de captura situada en el propio escenario de la reunión".

Dos días más tarde el periodista publicó una información en el diario digital de la esposa de Villarejo sobre la reunión, en la que menciona, además, que un espía del CNI había hecho llegar de manera anónima al entorno del joven parte del contenido de ese encuentro.

La magistrada procesa también a la mujer de Villarejo por su "necesario conocimiento del encargo" llevado a cabo a un periodista que trabajaba para su medio y del inferido consentimiento para su publicación en el diario digital Información Sensible.

Quien no se sentará en el banquillo será Gómez Iglesias, una vez que la jueza no aprecia "ningún indicio racional" que permita atribuirle responsabilidad penal.

Para investigar estos hechos, el anterior titular del juzgado Arturo Zamarriego llegó a crear una comisión judicial con Martin Blas, si bien la magistrada que le sustituyó en el juzgado dio un vuelco a la investigación guiada por un criterio completamente diferente al del juez (trasladado a la Audiencia Provincial), al apartar a los policías que habían llevado la investigación.

Desde su creación, varias partes del procedimiento pusieron en entredicho el papel de la comisión judicial a la que acusaron de convertir el caso en una "guerra policial" al pedir, entre otros, imputar, al ex 'número dos' de la Policía Eugenio Pino.

Tanto es así que hasta el fiscal Alfonso San Román llegó a solicitar al juez que disolviera esa comisión ya que no había podido aclarar cómo se produjo la grabación y "no parece que deban seguir investigando los funcionarios que asistieron a esa reunión" y que son testigos presenciales de hechos relevantes en la causa.

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