¿Te pueden multar a partir del sábado si no llevas la mascarilla?

No cumplir con las medidas establecidas como la de no usar la mascarilla al aire libre si no hay distancia de 1,5 metros podrá acarrear una sanción económica

¿Te pueden multar a partir del sábado si no llevas la mascarilla?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Ya es oficial: el Consejo de Ministros extraordinario ha aprobado el Real Decreto que recoge la flexibilización de los criterios del uso de las mascarillas en exteriores. Después de más de un año obligados a convivir con este incómodo 'complemento', la mascarilla deja de ser obligatoria al aire libre a lo largo y ancho de todo el territorio nacional.

Esta medida, lejos de suponer un compartido júbilo popular, ha generado un debate en torno a su utilidad y necesidad si tenemos en cuenta la experiencia de otros países como la de Israel, donde la directora de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, Sharon Alroy-Preis, ha anunciado que es probable que se recomiende la reimposición del uso de mascarillas -eso sí- en espacios cerrados.

Ahora, llegado el momento de 'extirpárnosla' en los exteriores, es posible que pueda llegar a generar en muchas personas ansiedad, estrés o incluso miedo. Unas sensaciones que tienen su razón de ser en la inseguridad que aún nos transmite la evolución de la pandemia en España y al temor al contagio, que sigue muy presente en la calle.

Pero, ¿qué consejos deberíamos de tener en cuenta para afrontar esta situación? ¿En qué casos podríamos ser sorprendidos con una multa?

Tal y como ha explicado la ministra de Sanidad, Carolina Darias, se va a modificar un artículo del Real Decreto de nueva normalidad (concretamente el 6) para eliminar su obligación al aire libre y si se guarda una distancia de 1,5 metros.

Precisamente en el capítulo del régimen sancionador, la citada ley detalla que "el incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas establecido en el artículo 6 será considerado infracción leve a efectos de lo previsto en el artículo 57 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, y sancionado con multa de hasta cien euros".

La interpretación de la nueva norma -por tanto- no ofrece lugar a la duda: no cumplir con las medidas establecidas como la de no usar la mascarilla al aire libre si no hay distancia de 1,5 metros podrá acarrear una sanción económica. Esto quiere decir que siempre deberemos salir casa con una mascarilla.

En este sentido, ha sido el alcalde de Madrid y portavoz nacional del PP, José Luis Martínez-Almeida, quien ha criticado el decreto-ley que elimina la obligatoriedad de la mascarilla en exteriores, reprochándole al Gobierno cómo se controlará que se siga usando cuando no haya distancia de seguridad.

La norma también es clara a la hora de exigir el uso de la mascarilla en eventos multitudinarios al aire libre si hay aglomeraciones o los asistentes se encuentran de pie. Por el contrario, apunta que no será obligatoria si los asistentes están sentados respetando la distancia de 1,5 metros. De este modo, la mascarilla seguirá siendo obligatoria en espacios cerrados de uso público, espacios cerrados abiertos al público, y medios de transporte públicos, ya que son espacios cerrados con riesgo de transmisión del virus.

¿Y SI ESTOY VACUNADO?

La mascarilla continúa siendo obligatoria en interiores para todas las personas vacunadas o no vacunadas. Sí se ha relajado su obligatoriedad en los centros de trabajadores esenciales en los que el 80 % de la plantilla esté ya inmunizada con la pauta completa, como puede ocurrir en el caso de bomberos o policías, entre otros.

En caso contrario, se mantienen las sanciones si no la usamos en aglomeraciones o espacios interiores de uso público.

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