El Supremo aplaza la declaración de Rodríguez (Podemos) de este jueves porque sufre coronavirus
Lo hechos a investigar, según la Fiscalía, se remontan a 2014, cuando Rodríguez participaba en una protesta contra la LOMCE
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El magistrado de la Sala Segunda del Supremo Antonio del Moral ha aplazado la citación prevista para este jueves del diputado y secretario de Organización de Podemos, Alberto Rodríguez, a petición de su defensa, que ha comunicado al alto tribunal que su paciente sufre covid-19, han señalado a Europa Press fuentes del partido.
Rodríguez debía comparecer mañana en el Tribunal Supremo (TS) para declarar como investigado por, presuntamente, haberle propinado una patada a un policía en el marco de una manifestación celebrada en 2014, lo que podría constituir un presunto delito de atentado contra la autoridad y una falta --o delito leve-- de lesiones.
Se le había citado a 12.30 horas de este jueves después de que el Congreso de los Diputados aprobara el pasado mes de diciembre el suplicatorio cursado por el alto tribunal para continuar el procedimiento contra el político aforado. Fuentes del alto tribunal han señalado a Europa Press que Rodríguez volverá a ser citado cuando su situación sanitaria se resuelva.
De este modo, Del Moral podrá interrogarle por unos incidentes ocurridos el 25 de enero de 2014 en una manifestación contra la LOMCE en La Laguna (Santa Cruz de Tenerife). La Fiscalía y el instructor consideran que existen indicios de que durante esos incidentes Rodríguez propinó una patada a un policía.
La causa se abrió en el Supremo a instancias del Juzgado de Instrucción Número 4 de La Laguna, que llegó en su día a dictar auto de apertura de juicio oral contra el dirigente 'morado', lo que quedó sin efecto tras la elección del mismo como diputado y pasar a ser aforado ante el TS. El Juzgado de La Laguna remitió entonces una exposición razonada al Supremo con los indicios de la actuación del parlamentario.
Del Moral ofreció al diputado la posibilidad, al amparo del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, de declarar de forma voluntaria, sin necesidad de cursar el suplicatorio, pero Rodríguez declinó la comparecencia, fijada para el pasado 19 de octubre, remitiéndose a la declaración que había realizado ante el juez de La Laguna. Ante la existencia de indicios de delito, el instructor consideró imprescindible entonces pedir el suplicatorio para tomarle declaración.
Rodríguez tomó la decisión de no acudir al alto tribunal antes del suplicatorio, desde el "respeto a los procesos judiciales establecidos". "En ningún caso he cometido los hechos por los que se me investiga. Acudí a la manifestación, como miles de canarios a ejercer mis derechos democráticos de forma pacífica", recalcó entonces.
LA FISCALÍA PIDE UN AÑO DE CÁRCEL
Sobre los hechos atribuidos al diputado, el Ministerio Fiscal había presentado incluyo escrito de acusación calificando su conducta de delito de atentado contra agente de la autoridad y falta de lesiones, hechos por los que solicita la imposición de una pena de un año de prisión por el delito y un mes de multa por la falta.
Lo hechos a investigar, según la Fiscalía, se remontan a 2014, cuando Rodríguez participaba en una protesta contra la LOMCE organizada coincidiendo con la visita a La Laguna (Tenerife) del entonces ministro de Educación del Gobierno del PP, José Ignacio Wert, que iba a participar en la inauguración de la catedral.
Conforme a los atestados, la manifestación derivó en insultos a los agentes desplegados para proteger a las autoridades y en lanzamiento de vallas y todo tipo de objetos, por lo que algunos policías resultaron agredidos. Rodríguez se encontraría en un grupo de personas que habrían participado en agresiones, como 'pancartazos' y puñetazos. Su participación exacta en estos delitos deberá ser aclarada ahora por el Supremo.
Respecto a este mismo diputado, el TS abrió una causa en 2017 por un delito de desorden público en relación con unos hechos ocurridos en la Laguna el 25 de diciembre de 2006 y, posteriormente, declaró extinguida su responsabilidad penal al considerar que había prescrito el delito por el que se le había investigado.