Tres jueces del Constitucional critican que Junqueras siguiese en prisión durante el juicio

Los tres, de corte progresista, estiman que era "necesario" valorar "si era posible adoptar medidas alternativas"

Tres jueces del Constitucional critican que Junqueras siguiese en prisión durante el juicio

Agencia EFE

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Tres magistrados del Tribunal Constitucional sostienen en un voto particular que el mantenimiento de la prisión preventiva del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras anuló sus derechos políticos y consideran que se debían haber evaluado otras medidas de control menos lesivas. Juan Antonio Xiol, María Luisa Balaguer y Fernando Valdés, de corte progresista, discreparon hace semanas con sus nueve compañeros en el tribunal de garantías, que rechazaron amparar al líder de ERC en un pleno en el que se rompió la unanimidad en el TC.

Este martes se ha conocido su voto particular discrepante, en el que indican que el mantenimiento de la prisión preventiva de Junqueras, acordado por el juez Pablo Llarena a finales de 2017 y ratificado después por una sala del Tribunal Supremo, vulneró su derecho a ejercer las funciones representativas, en concreto el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes. "Puede decirse, pues, que el derecho de representación política del recurrente se veía anulado", sostienen los magistrados, para quienes "el derecho controvertido (...) afecta a la estructura del sistema democrático", y que creen que Llarena no ponderó suficientemente "la afectación del derecho de representación política".

En contra de sus nueve compañeros del pleno, los tres estiman que era "necesario" valorar "si era posible adoptar medidas alternativas que paliaran la restricción del ejercicio del derecho de representación política respetando el principio de proporcionalidad con respecto a la necesidad de salvaguardar los fines del proceso penal". Los magistrados analizan lo novedoso del caso, en el que la privación de libertad de Junqueras incidía "de manera esencial" en sus derechos políticos, dado que en el momento de acordarla, era candidato en las elecciones autonómicas de 2017, en las que fue elegido diputado.

Critican que los autos de Llarena y de la Sala, ante el riesgo de que Junqueras pudiese seguir delinquiendo, le sometieron "a un control prácticamente absoluto" mediante la prisión provisional "sin más matices que una indefinida alusión" a que el juez instructor del "procés" pudiera estimar la proporcionalidad de sus decisiones "en momentos puntuales que no se concretan ni se someten a pauta alguna". Sostienen que se debía haber valorado que las supuestas conductas de Junqueras "habían provocado ya la excepcional aplicación" del artículo 155 de la Constitución en Cataluña, por el que el exvicepresident fue cesado y el Parlament, disuelto. Cargos -añaden- que habían incidido en el eventual riesgo de reiteración delictiva. Por ello creen que merecía la pena "preguntarse" si la afectación de sus derechos políticos con "medidas alternativas podría ser susceptible de un ámbito de constricción menos intenso".

Aunque son conscientes de que la estimación del recurso de Junqueras no puede ir "más allá" dado que sobre él pesa una condena firme de 13 años de cárcel, creen que lo "procedente" hubiera sido ampararle de forma que la Sala del Supremo pudiese haber valorado de nuevo su situación. Y aunque se abstraen "de la trascendencia política y social del caso", creen que "la esencial relevancia que tiene el derecho a la representación política" en democracia les obliga a plasmar su discrepancia en un voto.

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