El Tribunal de Cuentas confirma y aumenta la condena a Artur Mas por el 9N

En 2018 el ex Presidente de la Generalitat y los exconsellers Ortega, Homs y Rigau fueron condenados a devolver casi cinco millones de euros 

EL TSJC CONDENA A MAS A DOS AÑOS DE INHABILITACIÓN POR LA CONSULTA DEL 9N

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas ha confirmado y aumentado ligeramente la condena impuesta al expresidente de Cataluña, Artur Mas, y varios exconsellers por valor de casi cincomillones de euros por los gastos ocasionados por la consulta soberanista del 9N de 2014.

En noviembre de 2018, el Tribunal de Cuentas condenó al expresident y los exconsellers Joana Ortega, Francesc Homs e Irene Rigau a devolver casi cinco millones de euros gastados por la Generalitat en la consulta soberanista del 9N de 2014, una condena que los afectados recurrieron por considerarla "aberrante".

Según dicha sentencia, Mas, los exconsellers y seis personas más fueron condenados por los gastos originados por el 9N, cifrados en 4.946.788,16 euros.

Los condenados recurrieron la sentencia al considerar que la decisión del tribunal estaba "muy lejos de la imparcialidad" y pretendía ser, por un lado, "un escarmiento" para todos aquellos que llevaron a cabo el proceso participativo del 9N y, por otro, "un aviso a navegantes" para futuras ocasiones.

La Sala de Justicia del Tribunal ha informado que ha acordado no solo mantener las condenas impuestas, sino añadir un "leve aumento" de las mimas al decidir incluir otras partidas de gastos no contempladas inicialmente que suman 41.831,95 euros más.

Así, el total que debe ahora ser restituido a la Generalitat asciende a 4.988.620,11, importe del que los condenados responden de manera solidaria.

La sentencia detalla que, más allá de que Mas sea el responsable último por los casi cinco millones, cada uno de los condenados es considerado responsable directo de determinadas cantidades en función de las atribuciones y responsabilidades que asumieron con motivo del 9N.

Así, los demandados deberán reintegrar a la Generalitat de Cataluña la suma total más los intereses legales correspondientes calculados desde la fecha en que se efectuaron los pagos determinantes del daño causado a los fondos públicos.

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