El análisis del líder de Vox en Andalucía de la sentencia de La Manada

Francisco Serrano ha explicado en redes sociales lo que opina de la condena por violación a los cinco miembros de La Manada

El análisis del líder de Vox en Andalucía sobre la sentencia de La Manada

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

La sentencia de 'La Manada' ha despertado todo tipo de reacciones en la opinión pública. Los cinco individuos han sido condenados por el Tribunal Supremo a 15 años de cárcel por violar en grupo a una joven de 18 años durante los Sanfermines de 2016. El Supremo ha considerado que los hechos descritos en la sentencia que en su día dictó el Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituyen un delito de agresión sexual y no uno de abuso sexual, como había sido tipificado en un primer momento.

Una de las violaciones más sonadas de la historia de España, que ha despertado las conciencias de muchos sobre el peligro que suponen las agresiones sexuales grupales.

La sentencia ha sido celebrada por muchos líderes políticos, encabezados por el presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez y su aliado Pablo Iglesias.

Pero la visión del líder de Vox en Andalucía, el juez Francisco Serrano, es distinta. A través de un hilo de twitter, ha querido explicar su opinión sobre la sentencia de La Manada.

Esta es la opinión de Francisco Serrano:

"Sentencia la manada: Se ha consolidado una reiterada doctrina jurisprudencial( TS, TC y TEDH)según la cual resulta contrario al derecho al proceso con todas las garantías, que un órgano judicial conociendo a través de recurso condene a un absuelto en primera instancia. O empeore su situación como consecuencia de una nueva fijación de los hechos probados, que encuentra su origen en la consideración de pruebas cuya correcta y adecuada apreciación exija necesariamente que se practiquen en presencia del órgano judicial que las valora.

La revocación por error en la prueba exige que la sentencia recurrida carezca de motivación y resulte incongruente y carezca de razonabilidad. Solo podría revocarse por infracción de normas sustantivas, entiendo que no antes sin oír a los acusados, Páramo causar indefensión.

Pero en este caso entiendo que la diferencia entre el delito de violacion y agresión sexual no depende más que de la propia apreciación de unos hechos probados que no se pueden alterar y que se practicaron, valoraron y razonaron con inmediación en primera instancia.

Por tanto considero técnicamente que no se puede cambiar,alterar ni empeorar la sentencia condenatoria. Nos volvemos a encontrar con una sentencia cargada de condicionantes mediáticos y políticos que acabará ante el Tribunal Constitucional. No es la primera vez ni será la última".

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