Archivan la denuncia contra Tezanos por contratar a una empresa privada en pleno estado de alarma
Sostiene que no existe ninguna irregularidad en el encargo y que no se ha constando menoscabo de fondos públicos
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Tribunal de Cuentas ha archivado, sin ni siquiera abrir diligencias informativas, la denuncia que un abogado particular había presentado contra el presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), José Félix Tezanos, por la adjudicación a la empresa Intercampo S.A. del barómetro correspondiente al mes de abril. El CIS contrató con esta empresa mediante un procedimiento de urgencia amparándose en la situación de emergencia derivada del Covid.
El centro demoscópico tuvo que recurrir a una empresa especializada en entrevistas telefónicas durante el confinamiento ante la imposibilidad de que sus propios encuestadores fueran recibidos en los domicilios particulares en los que habitualmente entrevistan a las personas que conforman la muestra para sus barómetros mensuales.
La investigación contable procede del Juzgado de Instrucción número 34 de Madrid, cuya titular ya había archivado la denuncia que presentó un abogado catalán contra Tezanos por un presunto delito contra los derechos individuales y por malversación. Pese al archivo, acordó remitir los contratos al Tribunal de Cuentas para que analizara si podía existir alguna responsabilidad contable en los contratos suscritos para ese estudio de abril.
Sin embargo, el organismo arbitral ha decidido archivar directamente la causa porque sostiene que "no se ha constatado la existencia de un efectivo y concreto alcance o menoscabo en los fondos públicos", y porque además "no se ha producido un daño concreto a los fondos públicos del CIS susceptible de generar responsabilidad contable por alcance". Apreciaciones estas en las que coinciden también los informes presentados por la Abogacía del Estado y la Fiscalía.
SON "MERAS SOSPECHAS"
Además, el Tribunal resalta que las afirmaciones que formula el denunciante con relación a la supuesta irregularidad en la contratación realizada por el CIS son "genéricas e imprecisas" y suponen, en definitiva, "meras sospechas" de la existencia de actos ilícitos que, sin embargo, "no reciben confirmación", dado que "la única documentación aportada la constituyen fotocopias de distintos artículos de prensa."
La postura de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado es coincidente con la argumentación recogida en el fallo del auto del Tribunal de Cuentas. De esta manera, ambas instituciones también consideran que "no ha quedado acreditada la existencia de menoscabo alguno en los fondos del CIS como consecuencia de la adjudicación y realización del supuesto contrato denunciado".
Desde la Dirección del CIS se pidieron cuatro ofertas y presupuestos a las empresas demoscópicas INTERCAMPO, IMOP, GESOP y CIMOP, cuyos proyectos y presupuestos se entregaron en el CIS fechados, sellados y rubricados "de forma fehaciente", según apunta el Tribunal de Cuentas.
El hecho de que los contratos de emergencia no requieran de esta formalidad y puedan efectuarse incluso de manera verbal, añade, no implica que el CIS no siguiera el procedimiento habitual, también con carácter de urgencia, para garantizar la máxima objetividad, eficacia y transparencia en su funcionamiento.