La Comunidad de Madrid tendrá que acatar la decisión de Sanidad, es de obligado cumplimiento

Pero podrá recurrir ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional

La Comunidad de Madrid debe cumplir la orden de Sanidad

Patricia Rosety, jefa de Tribunales de COPE

Publicado el - Actualizado

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Muchas dudas jurídicas ha sembrado la decisión del Ministerio de Sanidad, una decisión compleja pero de obligado cumplimiento y a la Comunidad de Madrid no le queda otro remedio que acatarla. No puede negarse, explican a COPE expertos en la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, porque el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se basa en una ley de 2015, se basa en la ley de Régimen Jurídico del Sector Público, y esa ley impone a las Comunidades Autónomas la decisión adoptada con independencia del sentido del voto de cada una de las autonomías. Esta ley de 2015 deroga todo aquello que resulte incompatible con ella, y esa incompatibilidad alcanza a un Reglamento de 2003, el Reglamento de Funcionamiento Interno, que preveía los acuerdos por consenso y por recomendación.

La Comunidad de Madrid puede recurrir ante la Audiencia Nacional, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, y puede pedir medidas cautelarísimas mientras se resuelve sobre el fondo del asunto. Medidas cautelarísimas sobre las que el tribunal se pronunciaría en 24 horas y sin preguntar a nadie, a ninguna de las partes. El Ministerio de Sanidad ha dado a la Comunidad de Madrid 48 horas para que ponga en marcha las medidas ordenadas en los municipios afectados.

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