España y Francia firman un convenio de doble nacionalidad

Se trata del primer convenio de esta naturaleza que se suscribe con un Estado no perteneciente al ámbito iberoamericano

España y Francia firman un convenio de doble nacionalidad

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un convenio de doble nacionalidad entre España y Francia, con el objetivo de dejar de exigir a los nacionales de ambas partes la renuncia a su nacionalidad de origen cuando adquieran la nacionalidad de la otra parte.

Se trata del primer convenio de esta naturaleza que se suscribe con un Estado no perteneciente al ámbito iberoamericano y está dirigido a los más de 275.000 españoles residentes en Francia y los más de 125.000 franceses residentes en España.

Hasta ahora, España solo tiene convenios de este tipo con Portugal, Andorra, los países iberoamericanos, Filipinas y Guinea Ecuatorial, de manera que ambos han valorado la medida como algo excepcional.

En virtud del mismo, no se prevén vías privilegiadas de acceso a la nacionalidad, ni una reducción del número de años para la obtención de la nacionalidad española por residencia, que seguirá siendo de 10 años para los ciudadanos franceses.

En marzo de 2019, España propuso a las autoridades francesas iniciar negociaciones para la firma de un acuerdo bilateral de nacionalidad, haciendo entrega a través de la Embajada en París de un proyecto de convenio. Las negociaciones se prolongaron hasta el mes de septiembre de 2020, momento en que se alcanzó un consenso con las autoridades francesas sobre la redacción del texto.

El artículo 11.3 de la Constitución española establece que "el Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen".

España ha firmado convenios de doble nacionalidad con Chile (1958), Perú (1959), Paraguay (1959), Nicaragua (1961), Guatemala (1961), Bolivia (1961), Ecuador (1964), Costa Rica (1964), Honduras (1966), República Dominicana (1968), Argentina (1969) y Colombia (1979).

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