¿Podría la Comisión Europea denunciar a España como consecuencia del reparto político del CGPJ?

El TJUE y el TEDH han establecido que los tribunales deben ser independientes con relación a las partes y a los Poderes Ejecutivo y Legislativo

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El PSOE y Unidas Podemos, los dos socios de Gobierno, han vuelto a mover ficha respecto al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Ambos partidos han registrado en el Congreso una proposición de ley para limitar las funciones del CGPJ cuando haya caducado su mandato, como ocurre en la actualidad. El objetivo es que mientras no se renueve, el órgano de gobierno de los jueces no pueda hacer nombramientos de magistrados para el Tribubal Supremo, las Audiencias Provinciales o los Tribunales Superiores de Justicia.

Con el propósito de que esta reforma se debata en el Congreso antes de que acabe el año, el Gobierno quiere que el CGPJ solo lleve a cabo actividades de gestión. La medida, sin embargo, no elimina la propuesta de cambiar las mayorías para elegir a los vocales del CGPJ, sino que la congela, de modo que el Gobierno no descarta pasar de los tres quintos que hoy hacen imprescindible el acuerdo entre PSOE y PP a una mayoría más laxa para renovar el CGPJ. De esta forma, sigue estando en el ambiente la idea de que Sánchez pueda lograr la renovación con el apoyo de sus socios de investidura.

Esta propuesta ya ha recibido las críticas de vocales del propio CGPJ, que la califican de “insulto” por la intención de los políticos de “manejar” el Poder Judicial. Pero es que, además, el sistema actual para renovar el CGPJ es contrario a las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO), que ha insistido en que el modelo español vigente no es acorde con los principios de una Justicia verdaderamente independiente. También contraviene el sentir mayoritario de la carrera judicial, que reclama constantemente que sean los propios jueces quienes elijan a los vocales del CGPJ, como ha expresado en repetidas ocasiones, entre otras, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria.

EL CASO DE POLONIA

En el aire también está la idea de que la Comisión Europea pueda denunciar a España como consecuencia del reparto político del CGPJ. Y es que, en diversas sentencias, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha establecido que los tribunales deben ser independientes tanto con relación a las partes como al Poder Ejecutivo y Legislativo. Y lo mismo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que si bien ha dicho que puede existir un órgano de gobierno de los jueces, este debe tener la independencia suficiente respecto de los poderes Legislativo y Ejecutivo.

Un ejemplo fue lo que pasó en Polonia. El Consejo Nacional del Poder Judicial polaco (KRS), que es el órgano que según la Constitución polaca debe salvaguardar la independencia de jueces y tribunales, y que se asemeja al CGPJ español, fue modificado en 2016. Sus miembros pasaron de ser elegidos entre jueces y por jueces a serlo por una de las cámaras del Poder Legislativo de entre candidatos que pueden ser propuestos por grupos de dos mil ciudadanos o de veinticinco jueces. Como resultado, 23 del total de 25 miembros del KRS son actualmente nombrados por autoridades legislativas o ejecutivas, o bien representan a tales autoridades. De la misma forma, el Consejo General del Poder Judicial español, que está compuesto por veinte miembros, llamados vocales, es elegido por el Congreso y el Senado entre jueces y juristas.

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