La policía confiscó los teléfonos de José Luis Moreno hasta 15 días después de ser detenido

En un auto de 14 de julio, el juez acuerda el cese de la observación telefónica porque "han dejado de existir motivos" para hacerlo

La policía confiscó los teléfonos de José Luis Moreno hasta 15 días después de ser detenido

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

4 min lectura

La Policía mantuvo intervenidos tres teléfonos móviles del productor de televisión José Luis Moreno hasta el 14 de julio, dos semanas después de que se produjera la entrada y registro en su domicilio y su detención por orden del juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno en el marco de la causa abierta por la denominada operación 'Titella'.

En un auto de 14 de julio, al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado recuerda que con fecha de 26 de mayo acordó la prórroga de la intervención y observación telefónica de las comunicaciones de más de una decena de los investigados hasta el 30 de julio. E hizo lo mismo con otra quincena de personas a las que prorrogó la intervención y grabación sin escucha de los datos de geolocalización y posicionamiento hasta el 4 de julio.

Pero después de que se produjera el desenlace de la operación con las entradas y registros en domicilios y empresas, y con la detención de los implicados en esa presunta organización criminal encabezada por Moreno, el juez apunta en su auto que este tipo de medidas deben tener necesariamente y de acuerdo a la ley una limitación temporal, de manera que "el periodo de injerencia tiene que ser por el tiempo estrictamente necesario".

"EL TIEMPO IMPRESCINDIBLE"

En este sentido, Ismael Moreno señala además que el artículo 588 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) determina que las intervenciones tecnológicas no podrán exceder del tiempo imprescindible para el esclarecimiento de los hechos; estableciendo dicha ley procesal como causas de cese de una observación telefónica, en su 588 bis j, la desaparición de las circunstancias que justificaron su adopción.

Añade que en el caso de los teléfonos intervenidos a Moreno y al resto procede el cese de las observaciones dado el estado que mantiene el procedimiento, habiéndose producido la detención y puesta a disposición del juzgado de los principales investigados, y habiendo por tanto "dejado de existir los motivos que se tuvieron en cuenta para acordar las medidas de investigación tecnológica".

No obstante, el auto llegaba medio mes más tarde de que explotara la operación el 29 de junio, con la detención de los sospechosos, y días después no sólo de la puesta a disposición del juez de los principales cabecillas a primeros de julio sino de su puesta en libertad provisional.

Por eso, en su auto de 14 de julio, el magistrado Ismael Moreno acordaba el cese de las intervenciones prorrogadas hasta el 30 de julio, pero apuntaba que ya no era necesario pronunciarse sobre las que se extendieron hasta el 4 de julio y que consistían en la grabación sin escucha de los datos de geolocalización porque ese plazo había expirado ya.

El magistrado recuerda en su auto que en este procedimiento se investigan presuntos delitos de asociación ilícita, estafa, falsificación documental, blanqueo de capitales, delito contra la Hacienda Pública e insolvencia punible. Añade que de lo investigado se deriva que hay indicios de la existencia de una organización criminal que opera a nivel internacional y "cuya actividad delictiva se diversifica en diferentes especialidades desde el fraude y estafa a entidades bancarias e inversores privados, a la falsificación de efectos bancarios como cheques y pagarés".

LA ORGANIZACIÓN LIDERADA POR MORENO

Esa organización realizaba además el posterior blanqueo de los beneficios obtenidos de estas actividades, con una estructura dividida en células operativas y claramente jerarquizadas, en las que "los líderes" eran José Luis Moreno, Antonio Aguilera y Antonio José Salazar de Castro.

Explicaba asimismo que ese proceder ilícito perduraba en el tiempo porque consta como inicio de actividad juntos desde el año 2017, y con funciones definidas para cada uno de sus integrantes. Recordaba que el productor de televisión, "como persona pública muy reconocida, prestaría su nombre como tarjeta de visita, para que tuvieran mucho más fácil conseguir financiación en entidades bancarias y además sería el encargado de presentar el proyecto cinematográfico o televisivo para el cual se requería financiación".

Indicaba el juez que Moreno era el principal receptor de los fondos obtenidos por Aguilera y Salazar, quienes con su amplio conocimiento en la operativa bancaria y mercantil se encargaban de conseguir la

sociedades, maquillarlas, poner un administrador y presentarlas antes los bancos como las beneficiarias de la financiación necesaria para el desarrollo de sus actividades, cuando realmente, estas sociedades carecía casi siempre de actividad real. Añadía que la finalidad de esto no era otra que la de "lucrase de manera ilegítima".

Para tal fin se valieron de empresas pantalla, administradas todas ellas por testaferros, que por lo investigado se conoce que un gran número de éstas "carecían de actividad real".

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