¿Qué modifica el decreto-ley sobre violencia de género?

La medida se somete a votación en el Congreso esta semana. PP y Ciudadanos amenazan con votar en contra

Carmen Calvo

Javier Martínez

Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El Congreso de los Diputados votará esta próxima semana las medidas del Real Decreto-ley 9/2018 de medidas para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género. Un decreto que ha sido criticado por PP y Ciudadanos, que consideran injustificada la utilización de la figura del Real Decreto, que Pedro Sánchez ha utilizado siete veces desde que llegó a Moncloa.  

El propio texto de la norma lo justifica de la siguiente manera: 

"La entidad de los derechos a proteger, que exigen una respuesta inmediata y contundente, que proteja la vida y la integridad física, psicológica y moral de las víctimas de esta violación de derechos fundamentales, no sólo justifican la necesidad y urgencia de la medida, sino que son una exigencia de todo Estado de Derecho".

El Decreto-Ley modifica varias leyes orgánicas vigentes. La primera, la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género, una de las primeras medidas del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. La principal modificación a la ley vigente es la referente al reconocimiento de los derechos de las víctimas de violencia de género. El nuevo texto dice así:

"Las situaciones de violencia de género que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en este capítulo se acreditarán mediante una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género, una orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, o bien por el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género. También podrán acreditarse las situaciones de violencia de género mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida destinados a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente; o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos".

Pero la medida más criticada por la oposición es la modificación del artículo 156 del Código Civil. Es la primera vez que se cambia este cuerpo legal mediante Decreto-Ley. Se añade un párrafo en el que se estipula que si se condena a un progenitor por algún tipo de maltrato, o abuso sexual, tanto de los hijos como del otro progenitor, no será necesaria la autorización del progenitor condenado para prestarle asistencia psicológica a los menores.

Estas son las principales medidas que contiene el nuevo Decreto-Ley contra la violencia de género que se someterá a votación la próxima semana.

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