'Línea Editorial'

La sentencia de “La Manada”

Quizás sea el momento de abordar una clarificación de este asunto en nuestras leyes.

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra sobre el caso de “La Manada” ha levantado una fuerte indignación social que se ha hecho visible en diversas protestas callejeras. Sea cual sea su calificación jurídica, los hechos que dan origen a esta sentencia provocan una profunda repugnancia moral que debe hacernos pensar sobre cierta cultura ambiental y sobre la necesidad de un cambio educativo en lo referido al respeto a la dignidad de la mujer.

Los jueces han condenado a los cinco acusados a penas de nueve años de prisión por un delito de abuso sexual con prevalimiento. Han descartado el delito de agresión sexual y violación porque no consideran acreditado que los condenados emplearan violencia o intimidación contra la víctima. Es una argumentación que muestra evidentes puntos débiles y que provoca incomprensión y disgusto. Quizás sea el momento de abordar una clarificación de este asunto en nuestras leyes.

Pero una cosa es el debate legítimo sobre la sentencia y otra pretender sustituir a los jueces por una suerte de “justicia popular” expresada en eslóganes y algaradas. El veredicto social no debe sustituir nunca las garantías del Estado de Derecho. Ahora las partes podrán interponer los recursos que consideren necesarios ante instancias judiciales superiores, y ese es el único camino para perfeccionar la sentencia. La justicia humana será siempre imperfecta y limitada, pero el griterío y la presión en la calle, nacidos de un clima emocional o de postulados ideológicos, no pueden sustituir a los mecanismos del Estado de Derecho.