Línea Editorial 3/07/2024

Al servicio de Sánchez

El Tribunal Constitucional no es un órgano jurisdiccional. Lo dice la Constitución española. ¿Cómo se explica que este órgano esté actuando como un tribunal ordinario?

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Constitucional no es un órgano jurisdiccional. Lo dice la Constitución española. ¿Cómo se explica que este órgano esté actuando como un tribunal ordinario? Hasta hace poco tiempo, el Alto Tribunal se dedicaba a valorar la adecuación de la Carta Magna y sólo valoraba las pruebas en procesos penales cuando estas eran «irrazonables, arbitrarias o patentemente erróneas». La aprobación de la Ley de Amnistía y su alcance ha hecho que el Constitucional presidido por Cándido Conde Pumpido cambie la doctrina y la práctica. Y para irse entrenando, la primera beneficiada de esta nueva etapa ha sido la exministra Magdalena Álvarez.

La Audiencia Provincial de Sevilla, en sentencia ratificada por el Supremo, la condenó a 9 años de inhabilitación por un delito de prevaricación en el caso de los ERE. El Constitucional ha procedido a anular la Sentencia y, de este modo, ha blanqueado un delito y sembrado de sospechas un proceso judicial cuyos condenados califican de montaje político y cacería. Después de los beneficios a los condenados por la corrupción de los ERE vendrán los condenados por malversación. Este será el servicio que Conde Pumpido y el Constitucional prestarán al presidente Pedro Sánchez. No importa si este modo de proceder socava la esencia del Alto Tribunal y compromete el equilibrio entre las instituciones del Estado. Al presidente le interesa mantenerse en el poder y exonerar al partido del que es secretario general. Sánchez no soporta ni los reproches penales ni los reproches morales. Y si no lo consigue por el derecho, lo persigue por el revés.

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