Ayuso permite no usar mascarilla en el trabajo si se mantiene la distancia de seguridad
Entre otros cambios, la orden añade la potestad a los Ayuntamientos para autorizar la ampliación del horario de cierre de las terrazas
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado este viernes la orden de la Consejería de Sanidad en la que se elimina la mascarilla obligatoria de los patios de los colegios. Por tanto, en los centros docentes de la Comunidad de Madrid autorizados a impartir enseñanzas de educación infantil, primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional y actividades extraescolares como idiomas o danza, no será obligatoria la mascarilla en los periodos de recreo que se realicen en espacios al aire libre, siempre que se respete la distancia de seguridad interpersonal.
Así lo adelantaba esta mañana el consejero de Educación, Universidades y Ciencia, Enrique Ossorio, en declaraciones a medios previas al 48º Congreso Nacional de la Confederación Española de Centros de Enseñanza.
Una medida que se une a otras anunciadas por la región, como eliminar la obligatoriedad del uso de mascarilla también en los centros de trabajo. Eso sí, siempre y cuando se pueda mantener la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros con otros empleados.
Además, no se exige el uso de mascarilla en los siguientes supuestos:
-En el momento de realizar actividad deportiva al aire libre.
-Durante el consumo de alimentos y bebidas.
-En las piscinas durante el baño y mientras se parezca en un espacio concreto, sin desplazarse, y siempre que se pueda garantizar el respeto de la distancia de seguridad interpersonal con otras personas no convivientes.
-Durante las intervenciones de las partes en procesos judiciales siempre que pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros con otras personas o en su defecto, se disponga de mamparas separadoras de protección.
La orden también indica la asistencia con butaca preasignada en cines, auditorios, teatros, circos de carpa, salas multiusos polivalentes y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a actividades recreativas y espectáculos,
Entre otros cambios, la orden añade la potestad a los Ayuntamientos para autorizar la ampliación del horario de cierre de las terrazas en locales como salas de fiesta, bares de copas, parque de atracciones hasta la 1 de la madrugada, "sin poder recibir nuevos clientes a partir de las 00.00 horas", ampliándola así una hora el horario permitido.
En cualquier caso, el uso de la mascarilla sigue siendo obligatorio en todos los espacios cerrados de uso público, aunque se pueda mantener la distancia interpersonal.
Este jueves,
porque la ley en vigor desde el 29 de marzo establece su uso obligatorio en espacios al aire libre donde no sea posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros.
De esta manera, el Ministerio responde al anuncio realizado este jueves por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, de que se eliminará el uso obligatorio de mascarilla en los recreos y al aire libre desde el próximo lunes.