El TSJM indica su "profunda" preocupación ante la iniciativa de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial

La Sala de Gobierno ha señalado que la Proposición de Ley dirigida a modificar la mayoría necesaria para elegir y nombrar a los Vocales judiciales del CGPJ

El TSJM indica su "profunda" preocupación ante la iniciativa de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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La Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha mostrado su "profunda" preocupación ante la iniciativa de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial al considerar que la propuesta "no se ajusta" a la Constitución al eludir "el necesario consenso parlamentario" y dejar en manos de "la mayoría política la formación del órgano llamado a velar por la independencia judicial", han informado fuentes jurídicas.

En primer lugar, ha querido expresar "el respeto institucional a quien ostenta la facultad de impulsar las iniciativas legislativas que contempla nuestro ordenamiento jurídico".

Tras ello, la Sala de Gobierno ha señalado que la Proposición de Ley dirigida a modificar la mayoría necesaria para elegir y nombrar a los Vocales judiciales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) "no se ajusta a la Constitución, al eludir el necesario consenso parlamentario y dejar en manos de la mayoría política -sea cual fuere- la conformación del órgano llamado a velar por la independencia judicial".

"No es conforme, además, con la lógica, pues provoca una distinción de requisitos entre quienes, una vez nombrados, ostentarán idénticas funciones y facultades", asevera el TSJM.

Asimismo, considera que "se aleja de los postulados repetidamente defendidos por las diversas instituciones europeas, que vienen proclamando desde hace tiempo la necesidad de descartar la imagen de politización de la Justicia que se proyecta con la designación política del Consejo General del Poder Judicial".

También apunta que se aparta "de las advertencias contenidas en la Sentencia del Tribunal Constitucional 108/1986, que defendió -no sin polémica- el acomodo del sistema de elección parlamentaria a la Constitución siempre que se respetase la necesidad de un consenso reforzado".

A juicio de la Sala de Gobierno, la propuesta implica, por último, "un menoscabo de la separación de poderes que debe caracterizar a un sistema verdaderamente democrático, al dejar a decisión del poder político la configuración personal del órgano de gobierno del Poder Judicial, facilitando con ello una intromisión que colisiona con las bases del Estado de Derecho".

Ante ello, indica que "confía en que se imponga la razón jurídica sobre cualquier otra premisa, y se ponga fin al menoscabo que tal iniciativa proyecta en el ámbito de la seguridad jurídica y la credibilidad de la Justicia, expresando a la vez su firme deseo de que se alcance el necesario consenso entre los grupos parlamentarios para cumplir las previsiones establecidas en el texto constitucional en orden a la renovación del Consejo General del Poder Judicial".

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