La maniobra por la que te pueden multar con casi 200 euros y realizas a menudo
Probablemente realices esta maniobra más veces de las que te imaginas, pero lo que no sabes es que podrías estar exponiéndote a recibir una multa de 200 euros
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La pregunta que muchos conductores se hacen, independientemente de la experiencia que tengan al volante, es si es posible que puedan multarte por aparcar de forma indebida sin llegar a abandonar el vehículo. Y sí, la respuesta es que sí.
La conducta de mal aparcamiento continúa en vigor, independientemente de que el conductor se encuentre dentro del mismo. Y por ello, es necesario conocer la diferencia que existe entre parar y estacionar.
Según detallan desde Pyramid Consulting, la parada es cuando se detiene el coche por un tiempo que es inferior a los dos minutos y nos quedamos dentro del vehículo. Sin embargo, el estacionamiento es cuando el coche se queda detenido por encima de dos minutos y el conductor abandona el coche.
Si un agente de tráfico ve un vehículo completamente parado en un lugar en el que se pueda interrumpir o entorpecer la circulación de otros vehículos, o que pueda ponerlos en riesgo -tanto a vehículos como a peatones- el coche en cuestión podrá ser sancionado con una multa de hasta 200 euros.
¿En qué lugares está prohibido aparcar y estacionar?
Tal y como recogen desde el blog de Mapfre, está prohibido parar y estacionar en los siguientes casos:
No se puede parar en medio de curvas, cambios de rasante, túneles, pasos a nivel, carriles bici, pasos de peatones, carriels de autobuses y taxi, cruces, en las vías de tranvía o lugares donde se pueda entorpecer la circulación. Asimismo tampoco se puede parar en lugares donde se impida la correcta visualización de señales de tráfico, así como en autovías, autopistas, paradas expresas para los taxis o autobuses –o de cualquier tipo de transporte público-.
Por otro lado, está prohibido estacionar en las mismas zonas en las que está prohibido aparcar. También se suman las zonas que han sido expresamente prohibidas por los ayuntamientos con límite de zona horaria, zonas de carga y descarga, zonas señalizadas para minusválidos, encima de aceras, pasos de peatones, vados ni en doble fila.
¿Puedo recurrir una multa de aparcamiento?
Sí se puede, pero primero hay que llevar a cabo una serie de pasos básicos para hacerlo. Recuerda que siempre hay que hacerlo cuando creemos que se nos ha multado de forma injusta o injustificada.
En primer lugar hay que asegurarse de que era un espacio que no estaba reservado -minusválidos o zonas señalizadas de carga y descarga-. Si por algún motivo ha sido así, el recurso no saldrá adelante.
En el caso de que se trata de otra situación, es importante llevar a cabo una observación del lugar en el que hemos sido multados, más aún si no estabamos delante cuando se nos puso la multa. Cualquier detalle que en un primer momento se nos pasara por alto podría ser clave para recurrir una multa con éxito.
Es importante estar muy atento a las señales y la visibilidad de las mismas, ya que esto podría salvarnos de pagar la multa.