¿A qué velocidad saltan los radares de velocidad? La DGT desvela el margen de error de estos dispositivos
Además, hay que tener en cuenta que en la nueva Ley de Tráfico ya en vigor, se ha eliminado el margen de 20 km por hora extra para adelantar en carreteras secundarias
Madrid - Publicado el - Actualizado
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con esta nueva ley ha comenzado a estar
un nuevo radar denominado
, conocido como el "
", el cual controla los
de
con un menor margen, por lo que es más fácil que te llegue una multa por este tipo de radares.
La DGT modifica el sistema de notificación de multas: así es como te afectará
La mayoría de las personas ha recibido alguna multa en alguna ocasión, aunque sean algunas más leves como por mal estacionamiento. Respecto a esto, la Dirección General de Tráfico (DGT) anunció el establecimiento de un nuevo sistema de notificaciones de multas que entró en vigor el pasado 1 de noviembre. Esto tiene que ver con los avances tecnológicos. El organismo ha decidido sumarse a los avances de la digitalización como otras entidades y gestionar las multad por internet.
Sin embargo, estos cambios en el procedimiento no afectarán de la misma manera a todos los conductores, ya que solo algunos concretos deberán amoldarse a esta nueva modificación del a DGT. La gran novedad de este nuevo sistema de aviso es que las sanciones de tráfico ya no llegarán a su destinatario por correo ordinario. En cambio, se notificarán exclusivamente mediante la Dirección Electrónica Vial (DEV). Esto es el buzón digital de la DGT, en el que será necesario darse de alta para poder recibir las comunicaciones y notificaciones que pueda tener que emitir el organismo.
Esto conlleva un proceso, ya que para usar el DEV es necesario acreditarse con una identificación electrónica. De esta manera, el usuario ya podrá acceder a la sede online de la DGT y al apartado correspondiente a las notificaciones electrónicas para conocer la multa que le han puesto. En el caso de no registrarse y no tener acceso a la multa, la DGT enviará al conductor sancionado un mensaje a su teléfono móvil o un correo electrónico para avisar de que existe un aviso en el buzón que debe consultarse.
En cambio, aunque se ha cambiado la forma de hacer llegar las multas, los efectos jurídicos se mantienen con normalidad, igual que cuando se llevaban a cabo las notificaciones tradicionales en formato físico. No obstante, esto solo afectará a las personas jurídicas, no a los conductores regulares. Es por esto por lo que serán las empresas o entidades de dicha índole, como compañías de alquiler o renting de vehículos, quienes se tendrán que registrar en este nuevo sistema de notificación de multas.
Los conductores particulares no deben adaptarse a estos cambios, dado que no les afectará. En este caso, las infracciones se harán llegar a través del medio habitual, mediante el correo ordinario que hace llegar el certificado al domicilio.