Lotería de Navidad: ¿Qué tengo que hacer si una participación tiene premio?

Descubre los pasos a seguir para cobrar tus participaciones premiadas de forma rápida y correcta

Javier García

Ferrol - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Queda poco tiempo para el ansiado sorteo de la Lotería de Navidad y millones de españoles buscan ese ansiado billete o participación que sea agraciado con uno de los premios. Siempre está el comentario tradicional de que “nunca toca” pero…¿Y si esta vez tenemos la fortuna de que nuestro número salga premiado?

Independientemente de que sea la pedrea, un quinto premio o el Gordo, seguro que deseas cobrarlo lo más rápido posible, algunas veces para hacer las últimas compras de cara a estas fechas tan señaladas. Pues debes de saber que los premios se pueden cobrar el mismo día del sorteo, 22 de diciembre, a partir de las 18:00.

Pero atención, en función de la cuantía con la que hayamos sido agraciados tendremos que ir a lugares a distintos:

* Si el premio no supera los 3.000 euros, podrás cobrarlo en cualquier administración de Loterías.

* Si el premio es superior a los 3.000 euros, deberás acudir a una entidad financiera concertada (Santander, BBVA, CaixaBank).

* Si por el contrario deseas cobrarlo en una delegación territorial de Loterías y Apuestas del Estado, puedes hacerlo portando el DNI y el décimo premiado.

Hay que tener en cuenta que el plazo máximo de pago caduca a los 3 meses y, como informa la web oficial de la Lotería de Navidad, Hacienda se quedará con el 20% de los premios superiores a 2.500 euros.

¿CÓMO COBRAR LOS DÉCIMOS COMPARTIDOS?

Lo primero que debes saber, a la hora de adquirir un décimo compartido, es una serie de consejos para evitar problemas de última hora, como por ejemplo entregar una copia firmada con el DNI a cada uno de los participantes.

Loterías y Apuestas del Estado tiene fijado que el cobro de premios inferiores a 2.500 euros, se puede realizar en cualquier punto de venta de la red comercial. Si se trata de un número compartido, todos los participantes deberán identificarse en una entidad financiera en el momento del cobro.

Nunca el décimo premiado deberá cobrarlo una persona para repartirlo a los demás participantes. En este caso, se considerará donación y con ello estar sujeto al impuesto que regula las mismas. Es Loterías y Apuestas del Estado quien deberá de ingresar el porcentaje destinado a Hacienda y entregar a cada uno de los participantes la cantidad que les corresponde.