CANALIZACIONES DE RULES

La Mancomunidad de la Costa Tropical aprueba ratificar el acuerdo para financiar las canalizaciones de Rules

Próximamente se realizará la firma del convenio entre ACUAES, Junta de Andalucía y Mancomunidad

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Ana Correa

Motril - Publicado el - Actualizado

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En la mañana de este miércoles se ha celebrado Junta General de la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical, donde se autoriza la firma del convenio entre ACUAES, Junta de Andalucía y Mancomunidad para la financiación del desglosado nº 9 de las canalizaciones de Rules.

A LA JUNTA GENERAL DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA TROPICAL DE GRANADAMº JOSÉ SÁNCHEZ SÁNCHEZ Presidenta en funciones de Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical de Granada, presento para su aprobación por la Junta General si procede la siguiente Propuesta:

Visto texto del “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD MERCANTIL ESTATAL AGUAS DE LAS CUENCAS DE ESPAÑA, S.A., LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA COSTA TROPICAL DE GRANADA PARA LA EJECUCIÓN, FINANCIACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LAS CONDUCCIONES DERIVADAS DEL SISTEMA DE PRESAS BÉZNAR-RULES. DESGLOSADO Nº 9 TC200. TUBERÍA RIEGO Y ABASTECIMIENTO” SE PROPONE A LA JUNTA GENERAL DE LA MANCOMUNIDAD la adopción del siguiente acuerdo:PRIMERO.- Aprobar el Convenio de Colaboración a suscribir entre la Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de España, S.A., la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía y la Mancomunidad de Municipios de la Costa Tropical de Granada para la ejecución, financiación y explotación de las conducciones derivadas del Sistema de Presas Béznar – Rules. Desglosado nº 9 TC200. Tubería Riego y Abastecimiento, cuyo texto consta en el expediente.

SEGUNDO.- Asumir los compromisos plurianuales máximos cuantificados en el contenido del Convenio, en concepto de aportaciones y tarifas, ampliando el número de anualidades al que puede aplicarse los gastos y elevando los porcentajes establecidos en el apartado 3 del artículo 174 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. La autorización y compromiso del gasto en ejercicios futuros se subordina al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos.

TERCERO.- Facultar a la Presidencia de la Mancomunidad para la firma del referido convenio.

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