ARCHIDIÓCESIS

Suspendidas las procesiones del Corpus Christi en toda la Archidiócesis de Sevilla

El Arzobispo de Sevilla ha emitido un decreto en el que suspendidas las procesiones del Corpus Christi en toda la Archidiócesis de Sevilla por el coronavirus

Suspendidas las procesiones del Corpus Christi en toda la Archidiócesis de Sevilla

Fernando J. Romero

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

El Arzobispo de Sevilla, monseñor Juan José Asenjo ha publicado un decreto que, según ha indicado, “entrará en vigor a partir del inicio de la Fase I en el territorio de la provincia civil de Sevilla”.

En dicho decreto, suspende “los actos religiosos en la vía pública” relacionados con la celebración del Corpus Christi, mientras estén en vigor medidas restrictivas de movilidad.

De esta manera, donde sea posible su celebración, la procesión del Corpus “tendrá carácter claustral, impartiéndose la bendición con el Santísimo en el atrio del templo”.

REANUDACIÓN DE CULTOS

En relación a los cultos, estos se reanudarán pero con la asistencia de sólo un 30% del aforo máximo del lugar en la Fase 1 de la desescalada, subiendo al 50 % en la Fase II. Además, se hace hincapié es que deben respetarse, igualmente, la distancia de seguridad entre los fieles, determinada por las disposiciones civiles pertinentes.

En lo que respecta específicamente a la celebración de la Santa Misa “se prorroga para todos los fieles cristianos en la Archidiócesis de Sevilla la dispensa de la asistencia a la celebración dominical y demás fiestas de precepto, mientras estén en vigor restricciones de aforo en los lugares sagrados”, recomendándose seguirlas a través de redes sociales.

Suspendidas las procesiones del Corpus Christi en toda la Archidiócesis de Sevilla

Para el cumplimiento de las distancias de seguridad y demás disposiciones civiles “el párroco, o responsable del templo, establecerá medidas concretas para la limitación del aforo y mantenimiento de la distancia interpersonal”.

Además, “se extremará, antes y después de su uso, la limpieza y desinfección de los lugares de culto, o reunión, así como de los vasos sagrados y ornamentos litúrgicos”, como ya se había sugerido con anterioridad siguiendo las indicaciones de la Comisión Ejecutiva de la Conferencia Episcopal.

En cuanto a las medidas de protección personal, se recomienda invitar a los fieles a usar guantes y mascarilla durante el tiempo de permanencia en el templo y otras dependencias de uso común, así como aquellas otras medidas de seguridad y protección que se estimen convenientes por los responsables de los mismos.

CELEBRACIONES LITÚRGICAS

Por lo que respecta a la celebración sacramento y actos de culto que ordinariamente congregan a un elevado número de fieles, como suele ser el caso de los bautismos, primeras comuniones, confirmaciones, matrimonios, o funerales, “se programará de modo que puedan respetarse las normas generales ya expuestas referidas a aforo y otras medidas de protección, posponiéndose, en diálogo con los interesados, hasta una fecha más conveniente si así lo estima el párroco o el ministro de la celebración, en el caso de la Confirmación”.

ACTIVIDADES PASTORALES

En lo que respecta a otras actividades en locales pastorales, como reuniones, encuentros o catequesis, en la Fase I se permitirá su celebración con un máximo de 30 asistentes, siempre que se cumpla el límite del 30% del aforo de la dependencia en la que se lleven a cabo, así como el mantenimiento de la distancia de seguridad y las medidas de protección pertinentes.

Suspendidas las procesiones del Corpus Christi en toda la Archidiócesis de Sevilla

Ya en la Fase II se autorizará un máximo de 50 personas en locales al 30% del aforo, mientras que en la Fase III se elevará al 50% del aforo para reuniones de hasta 50 personas, limitándose al 30% del aforo los locales de reunión para grupos de hasta 80 personas.

También en las oficinas y otras tareas parroquiales en las que se realice una atención individualizada, se pondrán en práctica las medidas generales de protección en vigor para los establecimientos abiertos al público, tanto para el personal de la parroquia como para los fieles, tales como uso de mascarilla, guantes, soluciones desinfectantes, con preferencia de la atención telefónica, telemática o la cita previa.

HERMANDADES Y COFRADÍAS

En cuanto a las Hermandades y Cofradías, y demás asociaciones de fieles, podrán ir reanudando sus actos y cultos, siempre de acuerdo con el párroco o director espiritual, y cuando se prevea razonablemente que van a poder cumplirse, sin grave incomodidad para los hermanos y otros fieles, las limitaciones de aforo y concentración de personas establecidas por las autoridades civiles para el momento de su celebración.

En caso de disparidad de criterio, deberán acudir a la Delegación Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, quien será la que decida.

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