Ve 'La Isla de las Tentaciones' en el trabajo y su empresa decide despedirla: la Justicia se pronuncia

Comenzó a trabajar un mes de febrero y en mayo del año siguiente le comunicaron el cese de su actividad, por lo que la empleada decidió presentar una demanda

Una escena de La Isla de las Tentaciones

Telecinco

Una escena de La Isla de las Tentaciones

José Manuel Nieto

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4 min lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) ha dictado una resolución que marca un precedente importante sobre las condiciones en que una empresa puede despedir a un trabajador y las consecuencias legales de una demanda interpuesta fuera de plazo. El caso involucra a una trabajadora que fue despedida por varias infracciones cometidas durante su jornada laboral, entre ellas, ver el programa de televisión La Isla de las Tentaciones. Sin embargo, lo que comenzó como un conflicto por el despido disciplinario, terminó con una sentencia en la que el TSJ ratifica que la demanda de la trabajadora fue presentada fuera de tiempo, dejándola sin derecho a reclamar la improcedencia del despido.

La trabajadora en cuestión comenzó a desempeñar su labor en la empresa en febrero de 2022. Sin embargo, no fue hasta el 31 de mayo de 2023 cuando la empresa le notificó su despido, con efectos inmediatos. Las razones alegadas para la rescisión del contrato fueron diversas, destacando entre ellas su comportamiento durante la jornada laboral. Se le sorprendió viendo el programa La Isla de las Tentaciones, a pesar de haber recibido advertencias previas al respecto. La trabajadora, en cuanto se ausentó su responsable, volvió a poner el programa en pantalla.

A esta infracción se sumaron otras faltas que la empresa consideró graves. La trabajadora, responsable del área de recursos humanos, utilizó recursos de la empresa para fines personales, como la fotocopiadora, para imprimir anuncios de empleo ofreciendo sus servicios como cuidadora de niños y documentos relacionados con un máster que estaba realizando. Además, la empresa alegó que cometió errores en la gestión de las nóminas, lo que afectó la cotización de los trabajadores a la Seguridad Social.

Una escena de La Isla de las Tentaciones

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Estas infracciones fueron clasificadas como graves en el convenio colectivo de la empresa, lo que justificaría el despido disciplinario, según el parecer de la compañía.

El inicio del litigio

No conforme con el despido, la trabajadora decidió reclamar ante los tribunales. El proceso comenzó con un acto de conciliación que se celebró el 10 de julio de 2023, sin llegar a un acuerdo. Tras este fracaso, la trabajadora presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social de Madrid el 1 de agosto del mismo año. Sin embargo, el plazo legal para presentar esta demanda expiraba el 19 de julio, es decir, 20 días hábiles después de la notificación del despido.

El Juzgado de lo Social número 14 de Madrid desestimó la demanda de la trabajadora, al considerar que se había presentado fuera de plazo. Según la sentencia, no se había aportado ninguna prueba que justificara una causa suspensiva que alterase los cálculos de las fechas límite. De este modo, el juzgado concluyó que la acción estaba caducada y que la trabajadora ya no tenía derecho a impugnar el despido.

No conformándose con el fallo del Juzgado de lo Social, la trabajadora presentó un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En su recurso, alegó que el plazo para interponer la demanda debía haberse suspendido debido a que había solicitado cita con el Servicio de Orientación Jurídica el 11 de julio de 2023. Sin embargo, el TSJ rechazó esta alegación, ya que la trabajadora no presentó los documentos necesarios que acreditaran la fecha exacta de la solicitud de dicha cita.

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El tribunal también criticó la falta de solidez en el recurso de la trabajadora, señalando que no había explicado adecuadamente en qué parte de la ley basaba su reclamación. La solicitud del recurso fue calificada como "muy deficiente" tanto en su forma como en su contenido, ya que no se indicaron los motivos legales que sustentaban la reclamación ni las normas que la sentencia del Juzgado de lo Social habría infringido.

La demanda fuera de plazo

Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimó el recurso de la trabajadora, ratificando la decisión del Juzgado de lo Social y confirmando que la demanda había sido presentada fuera de plazo. Como resultado, el despido fue declarado firme, y la trabajadora perdió la oportunidad de que su despido fuera considerado improcedente. Esto significa que, aunque la empleada podría haber tenido razones para impugnar su despido, el hecho de no presentar la demanda en el plazo estipulado le impidió obtener una resolución favorable.

Este fallo tiene implicaciones para otros empleados que se encuentren en situaciones similares, ya que destaca la relevancia de conocer y respetar los plazos establecidos para interponer demandas en casos de despido. A pesar de la naturaleza grave de las infracciones cometidas por la trabajadora, la justicia ha considerado que la acción legal llegó tarde, lo que refuerza la idea de que los plazos son una barrera crucial en la protección de los derechos laborales en España.

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