Se va de viaje a Marruecos y, por no avisar, pierde el paro y tiene que devolver casi 9.000 euros

El demandante era beneficiario del subsidio para mayores de 52 años y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dado la razón al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

Turista observando el mercado de Jamaa el-Fna en Marrakech - Marruecos

Alamy Stock Photo

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José Manuel Nieto

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3 min lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado la decisión del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de extinguir el subsidio para mayores de 52 años a un beneficiario que, al no notificar sus viajes al extranjero, incumplió la normativa vigente. El fallo ha establecido que el demandante debe devolver 8.509,01 euros, una cifra correspondiente a las cantidades indebidamente percibidas entre julio de 2021 y enero de 2023.

Este trabajador, beneficiario del subsidio para mayores de 52 años desde 2019, había realizado varias salidas a Marruecos sin comunicar al SEPE su ausencia, a pesar de que la normativa establece que cualquier desplazamiento fuera del territorio nacional superior a 15 días debe ser informado previamente. Según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), no cumplir con este requisito constituye una infracción grave que conlleva sanciones como la extinción del subsidio y la devolución de las cantidades percibidas indebidamente.

En febrero de 2023, el SEPE detectó que este beneficiario había estado fuera de España en varios períodos que superaban los 15 días sin notificar su salida. Ante la repetición de esta conducta, el organismo inició un procedimiento sancionador, lo que derivó en la apertura de un expediente. En mayo de 2023, después de desestimar las alegaciones del demandante, el SEPE decidió la extinción de su subsidio y la reclamación de la cantidad indebida.

Turistas comprando recuerdos en la medina de Fez el Bali, Fez, Marruecos

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El demandante alegó que no había sido debidamente informado sobre el proceso sancionador y defendió que sus salidas al extranjero respondían a razones personales que consideraba justificadas. Sin embargo, el SEPE mantuvo la resolución y desestimó su reclamación previa, lo que llevó al beneficiario a recurrir el caso ante los tribunales.

Pierde el paro y tiene que devolver casi 9.000 euros

En primera instancia, el Juzgado de lo Social número 47 de Madrid falló a favor del SEPE, reconociendo que el trabajador había incumplido su obligación de notificar sus viajes al extranjero, lo que consideró una infracción grave según la normativa laboral. La sentencia también resolvió que la extinción del subsidio era la consecuencia lógica de dicho incumplimiento y que el reintegro de las cantidades percibidas indebidamente estaba en línea con la ley.

A pesar de este fallo, el demandante decidió interponer un recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Sin embargo, el TSJM ratificó la decisión del tribunal inferior, destacando que la normativa es clara en cuanto a la necesidad de informar al SEPE sobre cualquier salida del territorio nacional superior a 15 días. Además, se subrayó que "el no conocimiento de la norma no excusa de su obligado cumplimiento", recordando que el beneficiario tenía el deber de conocer y respetar las condiciones para recibir la prestación.

El resultado de esta sentencia es demoledor para el demandante, que no solo pierde el subsidio, sino que también se ve obligado a devolver 8.509,01 euros. En un giro aún más perjudicial, el trabajador no podrá volver a solicitar el subsidio para mayores de 52 años, ya que la extinción de la prestación es definitiva y no se trata de una simple suspensión temporal.

Turistas montando en camello en el desierto del Sahara cerca de Zagora, Marruecos

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Turistas montando en camello en el desierto del Sahara cerca de Zagora, Marruecos

La diferencia entre suspensión y extinción es clave en este caso. Mientras que la suspensión implica una paralización temporal del subsidio con la posibilidad de reanudarlo una vez se regularice la situación, la extinción es una medida permanente. En este caso, debido a la reiteración de las infracciones, la decisión ha sido la extinción definitiva de la prestación.

¿Qué se puede aprender de este caso?

Este fallo subraya la importancia de cumplir con las obligaciones establecidas para mantener las prestaciones por desempleo. Aunque el SEPE no prohíbe las salidas al extranjero, sí exige que sean notificadas adecuadamente. Los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años deben recordar que, aunque su subsidio se concede de forma indefinida hasta encontrar empleo o llegar a la edad de jubilación, las normas de notificación siguen siendo estrictas.

En este contexto, resulta crucial que los desempleados que perciben prestaciones por desempleo se informen correctamente sobre sus derechos y obligaciones, evitando así sorpresas desagradables que puedan afectar su situación económica.

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