Este es el nuevo mapa sanitario de la provincia

Se crean tres macrodepartamentos para garantizar una correcta atención al paciente y mitigar la falta de sanitarios

Isabel Bartolomé

Alicante - Publicado el - Actualizado

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El Pleno del Consell ha aprobado el decreto ley por el que la conselleria de Sanidad pone en marcha su modelo organizativo y da luz verde a un nuevo mapa sanitario en toda la Comunidad Valenciana por el que varias áreas de salud se integran en agrupaciones sanitarias interdepartamentales. En el caso de Alicante estos macrodepartamentos son tres y cada uno con su hospital de referencia. Para ello la provincia se divide en norte, centro y sur.

LOS NUEVOS MACRODEPARTAMENTOS

- Alicante norte: integra los departamentos de salud de Alicante-Sant Joan d’Alacant, Marina Baixa y Dénia. Su hospital de referencia será el Hospital Universitario Sant Joan d’Alacant.

- Alicante centro: integra los departamentos de salud de Alicante-Hospital General, Elda y Alcoy. Su hospital de referencia será el Hospital General Universitario de Alicante Doctor Balmis.

- Alicante-sur: integra los departamentos de salud de Elche-Hospital General, Elche-Crevillent, Torrevieja y Orihuela. Su hospital de referencia será el Hospital General Universitario de Elche.

Estas grandes áreas interdepartamentales permitirán el uso compartido de recursos entre los departamentos de salud que las integren. Se trata de una estructura asistencial que integra hospitales y centros de atención primaria de diferentes departamentos de salud para asegurar el acceso de la población a la cartera de servicios en condiciones de equidad y de forma eficiente. Con ello, cada profesional podrá prestar servicios conjuntos en dos o más centros de estas agrupaciones sanitarias intedepartamentales aun cuando mantengan su vinculación a uno solo de ellos. La prestación en tales centros podrá serlo en jornada ordinaria, complementaria o continua.

Esta medida, que respeta los departamentos de salud actuales, contribuirá a una mayor disponibilidad de profesionales en ámbitos de difícil cobertura, aprovechando las ventajas derivadas del uso compartido de recursos. Igualmente, la ciudadanía verá garantizada la asistencia sanitaria por el personal sanitario requerido en cada caso.

MEDIDAS PARA PALIAR LA FALTA DE SANITARIOS

El nuevo decreto ley faculta a la conselleria de Sanidad para aplicar, de modo extraordinario y temporal, el concurso como sistema excepcional de selección para estos puestos. Esta medida facilitará la incorporación urgente, estable y permanente de personal a los puestos de difícil cobertura. Para ello, se establecen unas garantías de estabilidad y permanencia en el puesto de difícil cobertura adjudicado para que el personal seleccionado por concurso se incorpore y permanezca varios años en el desempeño efectivo del puesto, con la obligación de permanecer al menos tres años en tales puestos.

Asimismo, se prevén diversas medidas incentivadoras para los y las profesionales sanitarios que presten servicio en los puestos declarados de difícil cobertura. Así, para hacer atractiva la participación en los procesos convocados atendiendo a este decreto ley, se establecen incentivos, como una mejor puntuación en los baremos por los servicios prestados en estos puestos. En este sentido, a los efectos de futuros concursos, se incrementa la puntuación por mes de servicios prestados en zonas de difícil cobertura al triple, respecto de una zona no catalogada como tal.

Otras medidas incentivadoras son el fomento de la progresión del grado profesional a las personas que ocupen plazas de difícil cobertura. De este modo, por cada tres meses ocupando un puesto de difícil cobertura se reducirá un mes el tiempo necesario para progresar de grado. Además, los servicios prestados en plazas de difícil cobertura serán justificación suficiente para autorizar la prolongación en el servicio activo del personal que alcance la edad legal de jubilación y muestre su voluntad de continuar en activo.

Otros atractivos son de carácter retributivo y contemplan la posibilidad de reconocer un componente del complemento específico, de forma excepcional y sujeto a evaluación periódica.

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