Así queda el impuesto de sucesiones y donaciones en la Comunitat

El Gobierno valenciano da un paso más para la eliminación del impuesto de sucesiones y donaciones con aplicación desde el 28 de mayo

Ana Matamales

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El Pleno del Consell ha aprobado en su primera reunión tras el verano el anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 13/1997, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas y restantes tributos, por lo que se refiere al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, para aumentar y reforzar los incentivos existentes para los actos gravados realizados en el seno del núcleo familiar.

La letra pequeña del anteproyecto incluye la bonficación del 99% del impuesto de sucesiones para las herencias y deducciones en el impuesto de donaciones e introduce como beneficiarios a los cónyuges del donante además de padres, hijos, abuelos y nietos. Por tanto, ninguno de ellos pagará impuestos cuando reciba una herencia.

Para el cálculo de la base liquidable del Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones, en las transmisiones inter vivos serán aplicables a la base imponible diversas reducciones por circunstancias propias de la Comunitat Valenciana.

En concreto, si las adquisiciones se realizan por hijos o hijas o personas adoptadas menores de 21 años, se aplicará una reducción de 100.000 euros, más 8.000 euros por cada año menos de 21 que tenga la persona donataria, sin que la reducción pueda exceder de 156.000 euros.

Cuando las adquisiciones se hagan por hijos o hijas o personas adoptadas de 21 o más años, por el cónyuge, padres o madres o adoptantes, se asignará una reducción de 100.000 euros; en las adquisiciones por nietos o nietas se fijará una reducción de 100.000 euros si el nieto o nieta tiene 21 o más años, y 100.000 euros, más 8.000 euros por cada año menos de 21 que tenga el nieto o nieta, sin que, en este último año, la reducción pueda exceder de 156.000 euros, mientras que en las adquisiciones realizadas por abuelos o abuelas, las reducciones serán de 100.000 euros.

En las adquisiciones por personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, y con discapacidad psíquica, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, se aplicará una reducción a la base imponible de 240.000 euros.

Cuando la adquisición se efectúe por personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que sean el cónyuge, padres o madres, adoptantes, hijos o hijas o personas adoptadas del o la donante, se aplicará una reducción de 120.000 euros. Igual reducción, con los mismos requisitos de discapacidad, resultará aplicable a los nietos o nietas y a los abuelos o abuelas.

La portavoz del Consell, Ruth Merino ha vuelto a defender en la rueda de prensa del Consell el doble objetivo de la medida: ayudar a las familias y reactivar la economía. De hecho ha recordado que al año 5.000 valencianos renuncian a una herencia por no poder hacer frente a los impuestos.

Cuando l entre en vigor la ley, todavía pendiente de su aprobación en las Cortes valenciana tendrá efecto desde el 28 de mayo de este año y supondrá un ahorro para los bolsillos de los valencianos de alrededor de 400 millones de euros.