El fiscal de tráfico advierte: si padeces ciertas enfermedades, es posible que te retiren el carnet
Las personas afectadas por alguna enfermedad que se encuentre en esta lista no podrán obtener el permiso de conducir ni renovar el existente, salvo excepciones.
Badajoz - Publicado el - Actualizado
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Nos fijamos ahora en los conductores. Hasta seis mil euros de multa y retirada el carnet de conducir si padecemos una de las enfermedades señaladas en el anexo cuarto del reglamento de los conductores. Se trata de enfermedades englobadas en nueve categorías: cardiacas, vasculares, endocrinas, psiquiátricas, neurológicas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas. Nos hablaba de ellas en COPE el Fiscal Autonómico de Tráfico, Diego Yebra.
Como decimos, la multa puede ascender hasta los seis mil euros, pero lo normal es no le dejen renovar el carnet cuando vayan a hacerlo, o se lo renueven por tiempo limitado.
Desde la DGT se apela también a la prudencia y a la responsabilidad: si padece una de estas enfermedades o se toman los medicamentos prohibidos, mejor que no se conduzca.
Listado de enfermedades:
Enfermedades respiratorias
Enfermedades digestivas
Enfermedades neurológicas
Enfermedades vasculares
Enfermedades oncológicas
Enfermedades psiquiátricas
Salvo que el paciente tenga un trastorno leve y tenga un informe médico que lo avale, estará incapacitado para conducir.
Enfermedades endocrinas
Enfermedades crónicas y degenerativas
Todas las siguientes enfermedades son incompatibles con la conducción.