Condenan al conductor de un Aston Martin que se negó a someterse a un control de alcoholemia en A Coruña
Un juez le impone seis meses de cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos durante un año, aunque no puede condenarlo por haber conducido borracho por falta de pruebas
Coruña - Publicado el
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Negarse a someterse a una prueba de alcoholemia tiene castigo. Un conductor de A Coruña ha sido condenado a seis meses de prisión por esta cuestión. El hombre aparcó de forma irregular en una zona peatonal y presentaba signos “externos” de haber consumido bebidas alcohólicas.
El magistrado del Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña ha condenado a seis meses de cárcel a este hombre como autor de un delito de negativa a someterse a las pruebas de detección alcohólica. Además, le ha impuesto la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un año.
No se pudo probar que iba borracho
Estaba también acusado de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, un delito del que ha sido absuelto. El magistrado considera que, si bien algunos de los “signos externos” que apreciaron los agentes “son consecuencia de la ingesta etílica, se desconoce en qué cantidad tuvo lugar, ya que, al no haberse verificado la prueba objetiva de detección del alcohol, no podemos saber si superaba las tasas exigidas”. El magistrado añade que, “al carecer de ese dato y no haberse observado una conducción afectada o influida por las bebidas alcohólicas previamente ingeridas, necesariamente, y ante la duda suscitada, ha de optarse por la absolución respecto del delito imputado”.
Según el razonamiento del juez, “no todo consumo de alcohol es incompatible con la conducción y, en el presente caso, no resulta incontrovertible que los signos externos trasluzcan un elevado grado de afectación psicofísica gravemente limitativo de una conducción segura”. La sentencia subraya que eranmás de las dos de la madrugada, por lo que “la simple falta de sueño y el cansancio acumulados pueden explicar perfectamente muchos de los signos y tener otros de ellos una etiología diversa”. Además, recalca que “en los 50 metros durante los cuales le vieron conducir los policías nacionales no apreciaron irregularidad alguna en su conducción”.
Aparcó en una zona peatonal
En la sentencia, el juez señala que la negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia “se consumó en el mismo instante en que, de manera obstinada, el acusado rehusó efectuarlas”. Así, relata que el 22 de septiembre de 2024 el sospechoso condujo por A Coruña un vehículo Aston Martin, que estacionó de forma irregular en una zona peatonal.
La maniobra la presenció una dotación del Cuerpo Nacional de Policía que ejercía funciones de vigilancia y control del tráfico de estupefacientes en la zona. Comprobaron, además del aparcamiento irregular, que en la base de datos el titular del vehículo había perdido la vigencia de su permiso de conducir, “si bien no se ha acreditado que hubiese llegado al conocimiento del conductor”. El hecho de que no fuese un coche conocido de la zona y, ante las sospechas, dada la hora en que sucedieron los hechos, de que también pudiera estar implicado en actividades de narcotráfico, la patrulla lo siguió cuando reanudó la marcha “y lo interceptó a la altura del número 246 de la ronda de Outeiro”, detalla la sentencia.
Los agentes, entonces, tuvieron “la oportunidad de comprobar en su conductor, además, una serie de signos externos de haber consumido bebidas alcohólicas, por lo que avisaron a un equipo de atestados de la Policía Local para instruir diligencias al efecto”. Los agentes del 092, a su llegada, requirieron al conductor que realizase las correspondientes pruebas de detección alcohólica, “a lo cual se negó reiteradamente el acusado, pese a ser advertido de las responsabilidades penales en las que podría incurrir si rehusaba hacerlas”.
La sentencia no es firme, y cabe la posibilidad de presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.