Un señor pasea desnudo por Santiago y este es el motivo por el que la Policía no puede multarle: "Tranquilamente"

Al parecer, ya ha protagonizado en el pasado algún episodio similar tanto en Santiago como en Granada

Alamy Stock Photo

Santiago de Compostela

íñigo Landa

Santiago - Publicado el

3 min lectura

      
      
             
      

Hace unos días las redes sociales de Santiago de Compostela y varios medios de comunicación se hacían eco de un vídeo en el que aparecía un hombre tranquilamente paseando desnudo por la céntrica Plaza de Galicia y dirigiéndose, tras cruzar por un paso de peatones regulado por semáforo, hacia el Casco Histórico sin que nadie se dirigiera a él ni le reprochara su actitud, salvo con las miradas que reflejaban la sorpresa de los transeúntes ante la situación.

Un paseo que, por lo que parece, terminaba poco después cuando una patrulla de la Policía Local daba el alto a este individuo, que al parecer ya ha protagonizado en el pasado algún episodio similar tanto en Santiago como en Granada, aunque los agentes se limitaron a instarle a que cesara en su paseo desnudo e imaginamos que a tomar nota de su identidad, ya que en el estado que iba era difícil que llevara la documentación encima. Pero nada más.

Captura del vídeo con el nudista en la Plaza de Galicia de Santiago

Y es que, según informaban fuentes municipales, poco más pueden hacer los agentes ya que la ordenanza municipal no recoge en ninguno de sus artículos el supuesto de nudismo como posible objeto de sanción.

Captura del vídeo con un hombre paseando desnudo por las calles de Santiago

SANCIONES POR NO RETIRAR LA CACA DE LAS MASCOSTAS, TIRAR COLILLAS U ORINAR, PERO NO POR IR DESNUDO POR LA CALLE

Una Ordenanza de Convivencia, Residuos e Limpeza Viaria de Santiago de Compostela, que así se denomina, que en su exposición de motivos se centra en la protección del medio ambiente y es la única que regula algunos de los aspectos que, siendo considerados contra la salud o incívicos, conllevan sanción a quienes los cometan.

Así, en el apartado de "Infracciones" la ordenanza las clasifica en leves, graves o muy graves, que dependerá de la intensidad en la que se produzca una perturbación en la tranquilidad o en el pacífico ejercicio de actividades por otras personas, la causada a la salubridad o a la ornamentación pública, a la perturbación ocasionada en un servicio o espacio público por parte de las personas con derecho a utilizarlos, la ocasionada en el normal funcionamiento de los servicios públicos o en los daños ocasionados a equipamientos, infraestructuras, instalaciones o elementos afectos a servicios público en un espacio público.

A partir de ahí, enumera un largo listado de infracciones en materia de gestión de residuos municipales y limpieza viaria y otras de carácter general en las que en ningún momento se contempla la posibilidad de que alguien que vaya desnudo por la calle, es decir, en un espacio público, pueda ser sancionado por la Autoridad.

      
             
      

Sí que se recogen otro tipo de actos considerados incívicos, como satisfacer necesidades fisiológicas en espacios públicos, depositar basuras fuera de contenedores, tirar colillas o escupir en el suelo o no recoger los excrementos de las mascotas, además de prohibir el consumo de alcohol en vía pública, para prevenir los botellones, dar de comer a animales e incluso limita al horario entre las 24 y las 07 horas el permitido para regar plantas y macetas en ventanas y balcones. 

Cope Santiago

Captura de la ordenanza Municipal de Limpieza y Convivencia de Santiago

Pero caminar desnudo por la calle, no. Por lo que, salvo que el protagonista de este llamativo paseo por las calles de la ciudad hubiese realizado algún tipo de gesto exhibicionista o actitud incorrecta u ofensiva, que parece que no fue el caso, podría poder repetir su afición nudista por las calles de Santiago de Compostela sin que eso le conlleve ningún tipo de sanción