La Asociación de Constructores reclama a los ayuntamientos de Menorca que hagan uso de las ECUs para cumplir los plazos legales en la concesión de licencias de obra

Los consistorios, en general, incumplen el plazo legal de tres meses para resolver y comunicar las licencias de obra, generando indefensión y un grave perjuicio económico e inversor a particulares y empresas

B.S.

Los consistorios, en general, incumplen el plazo legal de tres meses

Miguel Ángel Pons

Menorca - Publicado el

3 min lectura

      
      
             
      

La tramitación administrativa municipal de licencias de obra representa en la isla un problema cronificado con demoras medias superiores a un año, y en algunos casos, incluso a dos, según datos del Colegio de Arquitectos de Menorca. Se trata de un claro incumplimiento de la ley, que establece un plazo legal máximo de tres meses para resolver y notificar licencias urbanísticas y otros trámites vinculados con la actividad de edificación.

Este hecho genera una enorme indefensión y un grave perjuicio económico e inversor a particulares y empresas. En concreto, el retraso en la tramitación provoca, en muchos casos, que el presupuesto planteado deba modificarse al alza con el incremento del precio de materiales que supone iniciar la obra con meses o años de retraso. El coste de proyecto también se puede ver afectado si hay cambios normativos que obligan a actualizar proyectos. Las demoras provocan fugas de inversión previstas y se compromete la amortización de inversiones ya realizadas en la compra de suelo o en la misma edificación.

 Además, se pueden producir incrementos de tributos a pagar por el particular como consecuencia del retraso en la resolución de licencias. (Vease Diari de Menorca, 15 de octubre 2024, “Una vecina pide a Maó que no le aplique la subida del ICIO por la demora en la tramitación de su permiso de obra”)

Por no hablar de la vulneración del derecho constitucional a la vivienda en plena crisis habitacional (Vease Es Diari de Menorca, 15 de octubre 2024, “Una pareja denuncia que lleva 27 meses esperando el permiso para construir su casa”

A nuestro entender, en la concesión de licencias urbanísticas se produce un abuso de poder y una clara discriminación entre administración y ciudadano. ¿Por qué los incumplimientos de la ley en esta materia tienen consecuencias económicas y jurídicas para particulares o empresas y en cambió ninguna para las administraciones? Los retrasos solo los paga el ciudadano, sin ser su culpa.

El decreto ley de Simplificación Administrativa del Govern abre la puerta a que la Entidades Colaboradoras Urbanísticas puedan emitir informes técnicos y jurídicos para reducir los plazos de la concesión de licencias urbanísticas y facilitar el trabajo a las áreas urbanísticas municipales.

      
             
      

Por tanto, ahora el Consell Insular de Menorca debe establecer unas tarifas máximas y mínimas, así como habilitar un registro para que las ECUs puedan operar. Una vez hecho esto, reclamamos a los consistorios que hagan uso de estas entidades como instrumentos para poder cumplir con los plazos legales que marca la ley. En las comunidades autónomas dónde ya está implantado, como Madrid o Valencia, se ha reducido de forma considerable el tiempo de tramitación. Se trata de una colaboración público-privada que funciona sin restar ninguna capacidad de control a la administración local como garante final del cumplimiento de la normativa.

Esta colaboración consiste en posibilitar que entidades privadas intervengan en verificar los requisitos de integridad documental, suficiencia e idoneidad de los proyectos y la documentación correspondiente a la licencia o declaración responsable, exigidos por la normativa aplicable. Comprobar que los proyectos y la documentación técnica cumplen la normativa técnica aplicable, la legislación urbanística y el planeamiento de aplicación. Verificar la adecuación de la ejecución de las obras a la licencia o a la declaración responsable. Estas verificaciones se pueden llevar a cabo tanto de manera previa al inicio de las obras, como durante su ejecución, o una vez ejecutadas.

A las ECUs, como entidad privada que se contrata, se les puede exigir y reclamar que cumplan con los plazos establecidos, a diferencia de lo que ocurre con la administración pública.