ASALTO PLENO

El juez volverá a tomar declaración a cinco de los investigados por el asalto al pleno de Lorca

La Audiencia anula la providencia que denegó la suspensión de las primeras recurrida por uno de los letrados por imposibilidad de comparecencia

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Redacción COPE Lorca

Lorca - Publicado el - Actualizado

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, donde se celebraba el pleno municipal que debía debatir una moción para modificar el Plan General Municipal de Ordenación, para alejar del casco urbano las nuevas explotaciones de ganado porcino.

, proceder a un nuevo señalamiento de estas y, en su caso, tras ello, dictar nuevamente auto de procedimiento abreviado o sobreseimiento, según el caso, y sin vinculación alguna con el dictado anteriormente.

De acuerdo con lo resuelto por la Audiencia Provincial en el recurso planteado por una de las partes, dejando sin efecto la providencia de noviembre de 2022, que confirmaba el señalamiento de declaraciones y denegaba la suspensión solicitada, el juez instructor considera nulas las declaraciones practicadas en su virtud, aclarando que “lo único que procede es tomar de nuevo las declaraciones anuladas, pero en ningún caso anular todo lo actuado con posterioridad”.

Aquella resolución señalaba que, de las diligencias de investigación practicadas, se desprendían “indicios racionales” de que un grupo de personas congregadas a las puertas, alentaron a romper los cordones policiales, con actos violentos y desobedeciendo las órdenes de los agentes, logrando acceder a la cuarta planta del edificio, con una pitada y profiriendo graves insultos hacia los miembros de la Corporación Municipal.

En la citada resolución, además, se sobreseía el procedimiento respecto de una persona investigada como posible organizador del asalto al Centro de Desarrollo Local de Lorca, al entender el instructor que no existían indicios para la imputación.

Ahora, tras la resolución del instructor acordando que se practiquen de nuevo las diligencias anuladas, la letrada de la Administración de Justicia ha señalado de nuevo la declaración de cinco de los investigados para enero del próximo año.

Una vez practicadas estas y tras dar por concluida la instrucción, el magistrado deberá dictar auto de continuación de procedimiento por los trámites del abreviado o auto de sobreseimiento, según estime y “sin vinculación alguna con el dictado anteriormente”.

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