Multas de hasta un millón de euros por no acatar los límites a la publicidad del juego

El Gobierno ha aprobado el real decreto para regular la publicidad audiovisual de las apuestas en línea y juegos de azar, que prohíbe los anuncios fuera del horario de la una a las cinco de la mañana y prevé multas la suspensión de la actividad empresarial

El ministro de Consumo, Alberto Garzón

Agencia EFE

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El Gobierno ha aprobado el real decreto para regular la publicidad audiovisual de las apuestas en línea y juegos de azar, que prohíbe los anuncios fuera del horario de la una a las cinco de la mañana y prevé multas para los operadores de hasta un millón de euros y la suspensión de la actividad empresarial.

Estas son algunas de las premisas de este real decreto, que según ha señalado el ministro de Consumo, Alberto Garzón, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, "pone fin a la ley de la selva" que ha regido el sector de la publicidad audiovisual de los operadores del juego hasta ahora.

Una norma con la que, según Garzón, el Gobierno da respuesta a una alarma social que se había generado "de forma justificada" y con el que se pretende proteger la salud de la población más vulnerable, los menores, jóvenes y las personas con patología de adicciones.

El nuevo texto se refiere a la publicidad en televisión y radio del juego en internet que la limita a ese tramo de la madrugada.

La publicidad en prensa escrita no especializada solo está permitida en aquellos casos en los que la edición es exclusivamente autonómica y la norma autonómica no lo impide. En la práctica, según fuentes de Consumo, la mayoría está prohibida porque hay leyes autonómicas que prohíben ese tipo de publicidad.

La norma aprobada este martes, que entrará en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), contempla que los clubes deportivos no podrán exhibir publicidad de operadores del juego en sus equipaciones, al igual que tampoco lo podrán promocionar las personas "famosas", y prohíbe la emisión de bonos promocionales para la captación de clientes.

Las empresas solo podrán dirigir sus ofertas a clientes registrados y verificados y, en ningún caso, a personas que hayan mostrado comportamientos patológicos en la actividad del juego; para ello se establecen nuevas obligaciones a los operadores para fortalecer el control de acceso al mercado de las apuestas.

Los incumplimientos serán del tipo grave y los operadores del juego podrán ser sancionados con multa de entre 100.000 y un millón de euros y con la suspensión de su actividad en España por un plazo máximo de seis meses.

El nuevo texto ajusta además el contenido de los mensajes publicitarios para proteger a los sectores más vulnerables, ya que según Consumo, en los últimos cuatro años, las cifras de inversión en publicidad, promoción y patrocinio se han triplicado en España.

De forma paralela a ese incremento de la inversión, según datos de Consumo, se ha producido un aumento de la actividad del juego entre jóvenes de 18 a 25 años.

Por ejemplo en 2017, el 28 % de los nuevos jugadores formaba parte de esta franja de edad, y dos años después la cifra se ha incrementado doce puntos y se sitúa en el 40 %, según los datos que maneja este Ministerio.

La norma desarrolla los artículos 7 y 8 de la Ley del Juego de 2011, y lo hace a través de cuatro títulos ( otros 37 artículos), seis disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.

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