La jueza Del Barco: “Si se indultó a los del procés, cómo no se va a indultar a los de los ERE”
La presidenta de la Asociación Profesional de la Magistratura habla en COPE del indulto que se está preparando para Griñán
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En el mes de julio conocíamos que el Tribunal Supremo confirmaba la sentencia de la Audiencia de Sevilla de 6 años de cárcel para José Antonio Griñán por malversación y por prevaricación y la inhabilitación para Manuel Chaves por prevaricación, por el caso de los ERE. Un fallo que había salido adelante al ser aprobado por mayoría de tres votos a dos, sin llegar a ser unánime.
Sin embrago, la sentencia todavía no se conoce y desde las filas socialistas ya se está pidiendo el indulto para el presidente de la Junta de Andalucía Griñán.
A la hora de solicitar el indulto de una persona “se exigen unos principios de equidad, de Justicia y que exista un interés real en hacerlo, no una conveniencia política”, explica en ‘Herrera en COPE’ la presidenta de la Asociación Profesional de la Magistratura María Jesús del Barco. “A la hora de solicitar un indulto, uno de los requisitos formales es que se solicite y se emita un informe por el Tribunal sentenciador. En algunas ocasione sí que se hace un informe favorable o incluso, simplemente, una reducción parcial de la pena que pueda suponer que no ingrese esa persona en prisión”, continúa.
Aclara María Jesús que “con carácter general, el indulto, estamos viendo que no se está utilizando para esto, y en este caso en concreto, sin conocer la sentencia, ya se ha dicho que pagan justos por pecadores. Ya estamos diciendo a la Sala 2 ha condenado mal y no procede esta condena por malversación de caudales públicos a estos señores expresidentes de Andalucía, por tanto, parece que sí que se quiere enmendar la plana”.
Para esta jueza, que se haya indultado a los condenados del procés sienta ya un precedente a tener en cuenta para Griñán porque “si se les había dado el indulto a ellos también por delitos de malversación, ya creamos precedentes de que indultamos por cualquier tipo de delito. Y podremos decir: ‘hombre, si es que si indulté a los del procés, cómo no voy a indultar a los de los ERE”.
Recuerda Del Barco que aunque la sentencia no haya sido unánime “una sentencia es el contenido de su fallo más allá de las discordancias que pueda haber por un magistrado y esa no es una razón para indultar”.
Y para terminar, destaca la jueza que “los jueces no nos metemos en política” y avisa de que si “desjudicializar supone no aplicar el Código Penal pongan ustedes un artículo al principio que diga el principio de intervención del Código Penal cuando se trate de un político no hay que entrar nunca; y así ya, nos ahorramos el trabajo”.