¿Tienes un coche eléctrico?: esta es la nueva deducción en la Declaración de la Renta que puede interesarte

Francisco Serantes es coordinador del Grupo de Expertos en IRPF de la Asociación Española de Asesores Fiscales y en 'Herrera en COPE' ha desgranado algunas claves de las novedades

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Comienza la cuenta atrás para que comience el plazo para hacer nuestra Declaración de la Renta correspondiente al año 2023. Y es que ya a día de hoy hay miles de españoles comprobando sus datos fiscales y haciendo sus propios borradores para no llevarse ninguna sorpresa este miércoles. Hasta el próximo 1 de julio podremos ajustar nuestras cuentas con Hacienda, salvo que nos salga a pagar y lo hagamos mediante domiciliación bancaria, con una fecha tope que va hasta el 26 de junio.

Habrá varias formas de hacerla, y es que puede ser a través de Internet, de manera presencial o incluso por teléfono. Este año, se calcula que unos 23 millones de contrayentes, presentarán su declaración. Serán todos aquellos que hayan obtenido ingresos superiores a 15.000 euros si son dos pagadores o 22.000 si es un único pagador.

Este año, la Declaración viene llena de novedades y entre ellas hay ciertas deducciones que interesan a los propietarios de un coche eléctrico. Francisco Serantes es coordinador del Grupo de Expertos en IRPF de la Asociación Española de Asesores Fiscales y en 'Herrera en COPE' ha hablado de una serie de "beneficios fiscales" para los estos propietarios de vehículos eléctricos.

¿Tienes un coche eléctrico?: la nueva deducción en la Declaración de la Renta que puede interesarte

Deducciones que, además, estarán en vigor "hasta diciembre de 2024", lo cual es una buena noticia para muchos de ellos. "Los que no lo hicieron el año pasado, podrían acogerse hasta final de año a estas deducciones, son por la compra de un vehículo que tienen una pila combustible, enchufables y determinados requisitos", ha explicado.

También habrá beneficios fiscales por la creación de puntos de recarga.

Cambios en la Declaración de la Renta, especialmente para autónomos

"Los límites para declarar los vamos a encontrar en la Ley del IRPF, con independencia de cuál será el SMI, están regulados en dos sitios diferentes", ha asegurado el experto. Y aquí ha hecho alusión, precisamente, a los 15.000 euros anuales en el caso de dos pagadores y los 21.000 euros si hablamos de un solo pagador.

Ha asegurado, además, que "la Agencia Tributaria lo pone muy fácil, pero cualquier desliz nos va a costar muy caro", ha agregado Serantes. Y aquí se ha parado a hablar de los cambios en los autónomos, ya que a partir de ahora todos "van a tener que declarar".

"Antes los autónomos que cobraran menos de 1000 euros al año no estaban obligados, ahora todos. En relación con ellos hay más diferencias, pero es la fundamental. Habrá que diferenciar entre autónomos que tributan en régimen objetivo de módulos, y esta tiene alguna pequeña modificación en la que se ha incrementado algún límite de aplicación del régimen o en relación con alguna deducción se ha incrementado", ha explicado.