"Desaparecen los antecedentes penales": un Catedrático en Derecho Constitucional desgrana la amnistía en COPE

Ruiz Robledo ha pasado por los micrófonos de 'Herrera en COPE' para analizar la posibilidad de aplicar una ley de amnistía y explica que "es mucho más radical"

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"Desaparecen los antecedentes penales": Catedrático en Derecho Constitucional desgrana la amnistía

Redacción Herrera en COPE

Publicado el - Actualizado

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Agustín Ruiz Robledo es Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada. Este martes, pasa por los micrófonos de 'Herrera en COPE' para reflexionar la posibilidad de la aplicación de una ley de amnistía.

Los detalles concretos sobre esta amnistía son una de las claves que podrían facilitar el acuerdo de investidura, sobre todo después de que la vicepresidenta del Gobierno y líder de Sumar, Yolanda Díaz, haya dicho que "donde hay un acuerdo no caben unilateralidades".

Ruiz Robledo se ha pronunciado sobre todo este asunto y, este experto ha asegurado en los micrófonos de 'Herrera en COPE' que "el principio de todo lo que no está prohibido, está permitido, rige para las personas. Eso da lugar a que se puedan crear nuevos negocios sin necesidad de que lo autorice una ley, por ejemplo. Pero en los poderes públicos es lo contrario". Además, cierra el foco indicando que "si ahora nos vamos a la amnistía, me gustaría recordar que la esclavitud no está prohibida expresamente. Ni el asesinato, ni el robo. El hecho de que no esté prohibido expresamente no quiere decir que no haya principios que la excluyan de nuestro ordenamiento. Habrá que pensar un poco más".

"La amnistía, como el indulto, es una excepción a la separación de poderes. Por tanto, solamente puede haber una ruptura de la separación de poderes si está en la propia Constitución", explica. "Si la amnistía no está en la Constitución está prohibida". Pero más todavía, argumenta el experto. "El indulto y la amnistía forma parte de una categoría que se llama derecho de gracia".

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Los nueve condenados por el procés fueron indultados. En este caso, el Supremo tuvo que hacer un informe. "En la amnistía simplemente desaparecen los antecedentes penales. Es mucho más radical. Y así todas las analogías que se nos ocurran". Argumenta que, en 1977, hubo implícito un reproche al régimen anterior. "Cuando se da la amnistía se está dando un matiz de desvalorización. Si pasamos ese razonamiento el plano actual pues implícitamente también se está diciendo que las actuaciones del Estado fueron injustas. Y se dice de una manera muy indirecta y muy poco democrática".

Sobre la posibilidad de que se apruebe esta amnistía, indica referente a los indultos que "el Supremo ha dicho que los partidos que habían recurrido no tenían legitimidad". Como la amnistía no se trata de un acto del Gobierno, sería recurrida ante el Constitucional y ahí dictaría sentencia"

Por último, Ruiz Robledo afirma que el Tribunal Constitucional, si se le presenta un recurso, "acudirá a las partes. El Ministerio Fiscal, Congreso y Senado pueden presentar sus alegaciones y me parece que no deberíamos incidir en que ese órgano ya ha tomado una decisión. O porque está controlado por unos magistrados va a actuar de una cierta forma". Concluye indicando que "lo penúltimo que dijo Puigdemont sería utilizar el artículo 92. Es decir, que el propio Gobierno convoque un referéndum. Y si se está preguntando por reformar la Constitución habría que utilizar los mecanismos de reforma de la Constitución".

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