Todo sobre la Ley de Bienestar Animal: ¿podría ir a la cárcel por matar a una rata en mi jardín?

Santiago Ballesteros, abogado especializado en leyes animalistas, explica en La Tarde los detalles de la reforma que plantea Podemos al CP de 2015

Paco Delgado

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Se trata de una de las grandes polémicas de la última semana: la reforma a la Ley de Bienestar Animal de 2015 que propone penas mucho más altas al maltrato animal. Una propuesta que, como señala el copresentador de La Tarde, Fernando De Haro, y un informe del CGPJ, implica que “se puede penar más el maltrato de un perro que el maltrato de la mujer”. Por eso, por los micrófonos de COPE pasaba este martes el abogado Santiago Ballesteros, experto consultado por los jueces sobre este tema.

Y es que en el Código Penal de 2015 ya se estableció una serie de penas sobre el maltrato animal. Por eso, ¿en qué se diferencia esta nueva reforma? Según apunta Ballesteros, “la modificación del artículo 337 que es el que regula el maltrato animal ya establece penas severas, no es cierto que haya una sensación de impunidad como dice la exposición de motivos de Podemos”.

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Así, el experto sostiene que se alegra “de que el CGPJ se haya hecho eco de esta queja” porque, asegura, se han sentido “como San Simón en medio del desierto diciendo que esto era un disparate y una aberración jurídica” Así, a raíz de la Ley del 'Sí es Sí' y este informe del CGPJ, Ballesteros señala que “a parte de la sociedad le ha pasado como a San Pablo camino de Damasco”.

¿Qué sanciones acarrería maltratar a una golondrina?

La propuesta hace una diferenciación de “animales vertebrados” en el maltrato. Por eso, De Haro pregunta: "Rata, pez, jilguero, golondrina, ¿qué tipo de sanciones acarrearía su maltrato?" La reforma de 2015 hasta ahora se limita a los animales domésticos y deja fuera los animales silvestres, que tiene su propio régimen de protección, el crimen contra la flora y la fauna.

“El Derecho Penal es un derecho que se rige por el principio de intervención mínimo, no podemos llevar todas las conductas al Código Penal”, critica el experto. Por eso, apunta que no podemos “extender el delito de maltrato animal como si fuera un chicle y colapsemos los tribunales”. Por lo tanto, el gran cambio de esta reforma de Podemos es que pasemos de animales domésticos a animales vertebrados, “prácticamente todo bicho viviente”, concluye.

Santiago Ballesteros, abogado

Santiago Ballesteros, abogado

¿Qué penas acarrearía matar una rata en el jardín?

La ley plantea una serie de supuestos ambiguos, si tenemos en cuenta ciertos hábitos que las personas hemos adquirido a lo largo de la historia: ¿qué nos puede pasar si matamos a una rata en el jardín? Una situación que le planteaba De Haro al abogado:

“La reforma excluye los delitos imprudentes, no se puede cometer maltrato animal de forma imprudente. Pero sí castiga la causación de lesiones o la muerte de estos animales. El disparate es que eso lo llevamos al infinito. El delito de lesiones de maltrato animal hasta ahora tiene una dimensión lógica y reducida, aquellas lesiones que supongan un menoscabo grave a la salud del animal. Ahora incluye cualquier lesión, si requiere tratamiento veterinario (un punto de sutura)”, apunta.

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Por tanto, ¿cuáles son las penas por lesión? Hay un elemento nuevo aquí: Que se introducen 9 circunstancias agravantes. “No conozco ningún artículo del Código Penal que al delito básico le incluyan 9 circunstancias agravantes”, apunta. Algunas son: usar armas, instrumentos o formas que pudieran resultar peligrosas para la salud del animal, algo que casi siempre va a concurrir. “Lo que ocurre es que con una circunstancia agravante hay que aplicar la pena en su mitad superior. Si se dan 2 se aplican en su grado superior. Si tenemos en cuenta que en la reforma ya se aumentan las penas, podría llegar hasta 2 años de prisión”.