La Asamblea Plenaria, el órgano superior de la CEE de la que forman parte todos los obispos y arzobispos

A este órgano episcopal le corresponde aprobar los informes de los distintos órganos de la CEE, los temas económicos, así como la renovación de los cargos

Conoce el organigrama que compone el funcionamiento interno de la Conferencia Episcopal Española

Redacción Religión

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Desde este lunes 25 de abril y hasta el próximo viernes 29, se reúnen en la madrileña calle Añastro, sede de la Conferencia Episcopal Española, la Asamblea Plenaria de este organismo. Se trata de la primera de las dos reuniones que a lo largo de 2022 mantendrán los obispos de manera ordinaria.

Los tipos de encuentro que se producen entre los obispos son diferentes. En algunos de ellos tan solo está convocado los miembros de la Comisión Ejecutiva y, en otras ocasiones, se incluyen los presidentes de las diferentes comisiones episcopales. También varía la periodicidad con la que tienen lugar estas reuniones.

¿Cuál es el organigrama de la CEE y cómo funciona de manera interna?

En primer lugar, hemos de apuntar que como toda organización, empresa, institución u organismo que se precie, la Conferencia Episcopal mantiene su propio funcionamiento interno. No en todas las reuniones están presentes los obispos y arzobispos. Esto queda reservado para las Asambleas Plenarias, que se celebran dos veces año de manera ordinaria. Por supuesto, en estas Plenarias no siempre se eligen los nuevos cargos de la CEE, que se producen cada cuatro años (cinco en caso del Secretario General).

Por otro lado se encuentran las Comisiones Permanentes que abordan precisamente los temas a tratar en las Asambleas Plenarias mientras que la Comisión Ejecutiva, se reduce a nueve miembros que se reúnen una vez al mes para abordar los asuntos ordinarios y también urgentes de la CEE. A continuación, detallaremos las competencias y objetivos de cada una de ellas.

Asamblea Plenaria

Se trata del órgano superior de la Conferencia Episcopal, de la que forman parte todos los obispos y arzobispos, titulares y eméritos. En caso de que algún miembro no pueda asistir, se le comunicará al Presidente de la CEE y podrá enviar por escrito su parecer sobre los temas que se abordarán en el orden del día.

A lo largo de un año natural, se reúnen dos veces al año de manera ordinaria, pero la Comisión Permanente es el órgano competente para convocar otras asambleas plenarias extraordinarias. Asimismo, es esta Comisión Permanente (reunida tres veces al año) la que aprueba los temas que se tratarán en el encuentro, y que se deben enviar a los participantes con al menos un mes de antelación. Además, se ha de comunicar de ello al Nuncio, tal y como recogen los Estatutos del organismo episcopal.

Los estatutos regulan (artículo 10) el quorum necesario para las distintas actuaciones de la Asamblea. Y en los artículos 11, 12 y 13 se establece, además de que la votación es secreta, el procedimiento a seguir y el número de votos necesario según el tipo de documento que estudia la Plenaria para su aprobación.

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Una vez finalizada la reunión, el Secretario General envía el Acta de la Asamblea a los obispos miembros. Estos disponen de quince días para su impugnación o posibles observaciones. Pasado ese tiempo, se supone que todos aprueban su contenido. Una vez aprobada el Acta, el Presidente envía la copia, a través de la Nunciatura Apostólica, a la Santa Sede para su información, o si hubiera algún decreto, para su preceptiva revisión.

A la Asamblea Plenaria además de los documentos de carácter colectivo, le corresponde aprobar los informes de los distintos órganos de la CEE, los temas económicos, o las asociaciones. También están entre sus atribuciones la elección del presidente y del vicepresidente de la CEE, de los miembros de la Comisión Ejecutiva y la constitución de las comisiones y demás organismos de la Conferencia Episcopal Española.

Comisión Permanente

La Comisión Permanente es el órgano que se encarga fundamentalmente de preparar la próxima Asamblea Plenaria y ejecutar las decisiones que se adoptan en ellas. Por ello, son los encargados de determinar el orden del día, la fecha, lugar y la duración de las Plenarias, y si es necesaria la convocatoria de una Asamblea Extraordinaria.

Se reúne de manera ordinaria tres veces al año (una vez por cuatrimestre) Los integrantes de esta comisión son los miembros de la Comisión Ejecutiva; los presidentes de las Comisiones Episcopales; el arzobispo castrense y los arzobispos metropolitanos que no estén incluidos por las razones anteriores.

Los Metropolitanos representan en la Comisión Permanente a su Provincia Eclesiástica. Durante el encuentro, cada uno de ellos les hacen llegar las peticiones e inquietudes de las diócesis integrada en cada Provincia, así como las conclusiones a las que haya llegado dicha Provincia Eclesiástica en distintos aspectos.

Los acuerdos que se adoptan en esta Comisión Permanente, se han de aprobar, según los Estatutos del organismo episcopal, por mayoría de dos tercios, siempre que acudan al encuentro la mayoría de los obispos convocados para la cita.

Así las cosas, la Comisión Permanente se ocupa de temas de urgencia entre las reuniones de la Plenaria. Entre algunas de sus atribuciones también están: aprobar las notas de la Comisión Episcopal para la Doctrina de la Fe; proponer a la Plenaria los candidatos a secretario general; nombrar a los directores de los distintos organismos de la CEE; designar a los asesores o representantes de la Jerarquía en otros organismos de carácter nacional; o nombrar a los consiliarios y confirmar a los presidentes de los Movimientos apostólicos y Asociaciones públicas de fieles.

Después de las reuniones, le corresponde al Secretario General extender el Acta y hacerla llegar a todos los miembros. Estos disponen de quince días para su impugnación o posibles observaciones. Pasado ese tiempo, se supone que todos aprueban su contenido.

Comisión Ejecutiva

Se ocupa de los asuntos ordinarios y de urgencia de la CEE. Por ello, sus encuentros son más habituales, de una vez al mes. Están integrados por nueve miembros, que previamente son elegidos en Asamblea Plenaria cuando se procede a la elección de los nuevos cargos del organismo.

Los integrantes de la Comisión Ejecutiva son: el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario General de la CEE; además del Arzobispo de Madrid. La Plenaria elige al resto de los miembros hasta completar los nueve. Así, sí el Arzobispo de Madrid ocupa uno de los tres cargos (Presidente, Vicepresidente o Secretario General), la Plenaria elegirá seis obispos. Y a cinco si no ocupa ninguno de estos cargos. El Presidente tiene voto de calidad en caso de empate en las votaciones.

La Comisión Ejecutiva es la encargada de preparar las reuniones y el orden del día de la Comisión Permanente; también le corresponde acordar la convocatoria de las reuniones extraordinarias de la Permanente cuando las considere oportunas.

Entre sus competencias están, además, velar por que se ejecuten los acuerdos de la Asamblea Plenaria y de la Comisión Permanente y ejercer las funciones que le asigne la Plenaria, la Permanente o el Presidente de la Conferencia. Al mantener reuniones mensuales se ocupa de tratar los asuntos urgentes entre las Permanentes y publicar notas o puntualizaciones si fuera necesario de diversos asuntos.