Madrid - Publicado el - Actualizado
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Las "señales V" permiten conocer una cualidad diferencial del vehículo o de su conductor.
Al margen de las mejoras que vienen de la mano de la digitalización, con el vehículo conectado y la recepción de información sobre el tráfico directamente en el panel del conductor, determinados vehículos están obligados a llevar señales que permitan al resto de conductores tener más conocimiento de con quién comparten la vía. Estas señales indican la longitud, el peso, las características de la carga, la velocidad a la que pueden circular, etc.
Existen hasta 27 señales recogidas en el Anexo XI del Reglamento General de Vehículos y todas ellas se nombran con la letra V seguida de un número que determina qué tipo de información ofrece. El propio Reglamento establece las características que debe tener cada una de ellas: dimensiones, material, colocación o uso, entre otras.
La mayor parte de estas señales se concretan en placas y hacen referencia a una cualidad diferencial del vehículo que las porta. Tan sólo la V–13 (conductor novel) y la V–15 (conductor con discapacidad) nos dan datos sobre las personas que conducen, sometidas a determinadas condiciones.
Ambas informan de que pueden realizar una conducción particular. En el caso de los segundos también señalan ciertas preferencias en el aparcamiento.
Obras y emergencias. Junto a ellas, la señal V–12 (vehículo en pruebas o ensayos de investigación) y la V–14 (vehículo para aprendizaje de la conducción) con sus variantes roja y azul, informan de que se trata de vehículos que pueden estar circulando por la vía a velocidades inusuales, lo que permite a los otros conductores acomodar su marcha. Por su parte, la V–11 alerta sobre la mercancía peligrosa que transporta el vehículo que está obligado a llevarla.
Una parte importante de las señales informativas permiten conocer datos sobre las dimensiones o el peso de vehículos detrás de los que circula o a los que se adelanta, y las restricciones de velocidad que les afectan. Encontramos en este grupo la V–4 (limitación de velocidad), V–5 (vehículo lento –no más de 40 km/h–) o la V–6 (vehículo largo). Podemos incluir también aquí la V–20, el panel que se utiliza para señalizar una carga que sobresale del vehículo que la porta.
Y un apartado especial merecen también las formas de identificar el uso particular de los vehículos que realizan trabajos en las vías. De forma general la señal V–9, con las iniciales SP, se corresponde con un vehículo dedicado a labores de servicio público.
La V–2 identifica a aquellos vehículos que realizan trabajos sobre el asfalto y que se encuentran parados en la vía o circulan a una velocidad inferior a los 40 km/h, y la V–1 (vehículo prioritario) es la luz azul que informa de que el vehículo presta un servicio de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, o de asistencia sanitaria, en servicio urgente. La Policía tiene, además, una señal en exclusiva, la V–3 (vehículo de policía), para aquellas ocasiones en las que no está en servicio urgente, y que está constituida por la rotulación en la que se indica el cuerpo al que pertenece.
Transporte de personas. Otro servicio público que tiene una señal V reservada es el servicio de grúa. Así, la V–24 (vehículo de servicio de auxilio en vías públicas) es obligatoria para aquellos que presten estos servicios al resto de conductores. Esta señal sufrió una última modificación por el Real Decreto 1030/22 por la que se cambió la imagen que debía aparecer insertada en la placa, junto con los datos del registro del vehículo. La obligatoriedad de la nueva placa entró en vigor el 22 de diciembre de 2023, sin embargo, la DGT emitió una instrucción para establecer un plazo extraordinario que permitiera a las empresas de auxilio en carretera adaptarse a las nuevas condiciones.
Para el traslado de personas, destaca la señal V–10 que identifica los transportes escolares. Y también las señales que son propias de los taxis, ambas de alumbrado: la V–17 para indicar libre y la V–18, que ilumina el taxímetro desde el momento de la bajada de bandera.
Un servicio diferente es el que desempeñan los “coches de acompañamiento”, que deben identificarse con la señal V–21 si se trata de acompañar un transporte especial, o la V–22 cuando se hace a ciclistas. Ambas deben ir colocadas en la parte superior de los vehículos que realizan estas tareas. Además, pueden ir acompañadas de una señal V–2.
Los vehículos particulares deben llevar en lugar visible distintivos –pegatinas– que indiquen que se cumplen con ciertas obligaciones administrativas. Es el caso de la pegatina que confirma que el vehículo ha superado la Inspección Técnica de Vehículos (V–19), preceptiva para todos pasado determinado número de años desde la matriculación. Su colocación es obligatoria.
Por su parte, el distintivo V–25, informa sobre la clasificación ambiental que el vehículo tiene en el Registro de Vehículos, puede ser obligatorio si la ordenanza del lugar por donde se circula así lo indica.
Finalmente, la señal V–26, o distintivo de uso compartido, indica que ese vehículo ha sido registrado y clasificado como tal en el registro público. Será la Administración competente la que exija o no la obligatoriedad de su uso.
La V–16 es la señal luminosa que sustituirá definitivamente el 1 de enero de 2026 a los antiguos triángulos que señalizaban la existencia de un vehículo en la vía en parada de emergencia.
El objetivo es poder señalizar estas situaciones sin necesidad de salir de los turismos, desde cuyo interior se puede colocar la señal en el techo del coche, evitando así el riesgo de atropellos. La sustitución exige que esta baliza esté conectada a la DGT, que informará en tiempo real de una incidencia de este tipo. De hecho, la plataforma DGT 3.0 ya envía a los navegadores la ubicación de los vehículos averiados que utilizan estos dispositivos geolocalizados.
En la misma línea de los servicios conectados, la última de las señales V, la V–27, no tiene un soporte físico, porque se trata de una señal virtual, en concreto un “triángulo virtual”, que aparecerá en las pantallas de los vehículos conectados a la plataforma de la Dirección General de Tráfico, para avisar de la presencia de un peligro u obstáculo en la carretera del que se haya informado previamente.
Para más información consulta la web de la DGT.
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