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Aumenta el porcentaje de conductores que no respetan los límites de velocidad al circular por carreteras convencionales

Aumenta el porcentaje de conductores que no respetan los límites de velocidad al circular por carreteras convencionales

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El 65,8% de los conductores sancionados (31.146) circulaba por este tipo de vías, 9 décimas por encima del porcentaje registrado en la campaña realizada en 2023.

14.657 conductores (31%) fueron denunciados en autopistas y autovías y 1.543 (3,2%) en travesías.

En los siete días de campaña, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil establecieron 3.988 puntos de control de velocidad en los que se controlaron un total de 833.665 vehículos.

4 conductores fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la vía, tal y como recoge el artículo 379.1 del Código Penal.

La Dirección General de Tráfico llevó a cabo, entre los días 15 y 21 del pasado mes de abril, una campaña de vigilancia y control centrada en la velocidad durante la cual, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil establecieron 3.988 puntos de control de velocidad en los que se controlaron un total de 833.665 vehículos.

Estas cifras suponen un aumento en 1.150 puntos de control y 41.327 vehículos controlados más con respecto a la campaña realizada en abril del año pasado.

Del total de vehículos controlados, 47.346 conductores (el 5,7%) fueron denunciados por circular a una velocidad superior a la permitida, un porcentaje similar al registrado en la campaña de abril de 2023.

Si tenemos en cuenta el tipo de vía, el 65,8% de los denunciados (31.146 conductores) circulaba por carreteras convencionales, un porcentaje 9 décimas superior al que registrado durante la campaña realizada en abril de 2023. Además, 14.657 conductores (31%) fueron denunciados en autopistas y autovías y 1.543 (3,2%) en travesías.

En el ámbito penal, 4 de los conductores denunciados incurrieron en un delito contra la seguridad vial y fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la vía, tal y como se recoge en el artículo 379.1 del Código Penal.

A estos resultados hay que sumar los controles que las distintas policías autonómicas y locales realizaron en su ámbito de competencia, una colaboración muy importante ya que, de este modo, se unifica el mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule.

Para más información consulta nuestra sección de Tráfico o consulta la web de la DGT.

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