¿Qué puedo hacer antes de que acabe el año para pagar menos en la Declaración de la Renta de 2020?
Lo primero es hacer una simulación y este año es fácil porque con la parálisis política no hay cambios
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Todavia hay opciones para quienes quieren reducir su factura con Hacienda el próximo año. Sólo se trata de comenzar ya a hacer números antes de que tengamos una mala sorpresa. Lo primero es hacer una simulación y este año es fácil porque con la parálisis política no hay cambios. Y por supuesto no olvide rebuscar en todos los cajones para encontrar todas las facturas. Si no las encuentra es momento de comenzar a pedir los duplicados.
Aportación extraordinaria a la hipoteca
Hay clásicos como la deducción por hipoteca si compró su vivienda habitual antes de 2013. Hay 3,5 millones de hogares en esa situación. Es momento, si se puede, de hacer una aportación extraordinaria en caso de que no hayamos llegado al tope de 9.040€. Conseguirá una reducción del 15% de lo que ha pagado entre capital e intereses. De esta manera nos deduciremos 1.300 €.
Adelantar la firma de la compra del piso
Quienes hayan vendido su casa este año, deberán tributar por las ganancias entre el 19% y el 23%. Si tiene pensado firmar una compra en Enero le conviene adelantarlo porque podrá evitar ese pago si reinvierte todo o una parte en otra vivienda, también habitual.
Plan de pensiones
Hacer una aportación extraordinaria hasta llegar al tope de 8.000 €, o al 30% de los rerndimientos del trabajo, resulta una gran ventaja fiscal, aunque mayor cuanto más alta sea la renta. La desgravación va directamente a la base imponible. “El Ahorro puede llegar dice a COPE Luis del Amo, secretario de la REAF, el registro de economistas y asesores fiscales, a los 3.00 Euros.
Ayudas a ONGs
Los expertos recomiendan ayudas a ONGS porque los primeros 150 € desgravan el 75% y el resto el 30%. Si no lo tienen deben de pedir un certificado de sus datos.
Adelantar arreglos
Si es arrendador de una vivienda le conviene adelantar reparaciones, porque tendrá una reducción del 60% sobre el rendimiento neto y recuerde que puede deducirse todos los gastos, IBI, basuras etc....Los los inquilinos con contrato anterior al 2015 y unos ingresos inferiores a los 24.108 euros al año, pueden desgravar un 10,05% de lo abonado.