El BOE lo confirma: Multas de hasta 150 euros por estar empadronado en un municipio y vivir en otro

El padrón municipal es el registro administrativo que permite a los ayuntamientos conocer cuántas personas viven en su municipio

Gente paseando por Bilbao

EUROPA PRESS
11/10/2023

EUROPA PRESS

Gente paseando por Bilbao EUROPA PRESS 11/10/2023

Fernando Díez

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

Son muchos los españoles que viven fuera del municipio en el que están empadronados. Motivos familiares, laborales o personales pueden conducirnos hasta esa situación. El caso es que, a partir de ahora, cualquiera que se vea en esa posición, estará obligado a empadronarse en el municipio en el que vive.

Así lo establece el artículo 63 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, que asevera que "cuando una persona cambie de municipio de residencia deberá solicitar su alta en el padrón del municipio de destino". En caso contrario, tal y como ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado, las autoridades podrán imponer multas de hasta 150 euros. 

Los motivos

Hasta ahora, era completamente corriente estar empadronado en un municipio y vivir en otro, sin embargo, esta situación ha cambiado. ¿A qué se debe este giro de 180 grados?

La administración pretende, mediante esta medida, aliviar una situación que podría ser catalogada de 'caótica'. Y es que muchos de los servicios a los que, por derecho, tenemos acceso los ciudadanos españoles, se prestan de manera municipal o autonómica. Tal es el caso, por ejemplo, de la sanidad pública. 

18 vecinos de un pequeño pueblo de La Rioja están desesperados: "Es un gran problema"

Un pequeño pueblo de La Rioja.

El caso es que, si se alcanzara la utópica situación en la que la totalidad de la población española está empadronada en el municipio en el que reside, muchas de las gestiones que realizan, tanto la administración como los propios ciudadanos, se facilitarían.

Hablamos, por un lado, de la planificación de servicios sanitarios, de educación o de transporte y, por otro lado, del acceso determinadas ayudas y prestaciones sociales. Esto último tanto a nivel personal como municipal. 

En otras palabras, no estar empadronado en el lugar de residencia puede traer consigo inconvenientes administrativos. Entre ellos, la dificultad para acceder a determinados servicios públicos como centros de salud, colegios o ayudas sociales que dependen del empadronamiento. Asimismo, puede afectar a la hora de realizar trámites como el cambio de médico de cabecera, la solicitud de becas o la obtención de ayudas para el transporte.

Y un detalle para los conductores: sólo las personas empadronadas en el municipio en el que viven podrán aparcar sin coste alguno en las calles de la zona en la que residen. De otro modo, el coche sólo podrá dormir en un garaje. 

Sanciones económicas según el tamaño del municipio

Lo cierto es que las multas por esta falta pueden elevarse hasta los 150 euros, sin embargo, no es menos cierto que parten desde los tres euros, una cantidad mucho más asequible. Todo depende del tamaño del municipio emisor de la multa:

- Municipios de entre 5.001 y 20.000 habitantes: 3 euros.

- Municipios de entre 20.001 y 50.000 habitantes: 60 euros.

- Municipios de entre 50.001 y 500.000 habitantes: 90 euros.

- Municipios con más de 500.000 habitantes: 150 euros.

En la mayoría de casos, las personas que están empadronadas en un municipio diferente de aquel en el que viven, lo hacen por motivos 'mundanos'. Es decir, por temporalidad, desconocimiento o, por que no decirlo, pereza

Sin embargo, hay una minoría que utiliza el padrón para cometer algún tipo de fraude y así poder obtener ventajas fiscales, acceder a colegios específicos o beneficiarse de ayudas locales.

¿cómo me empadrono?

En principio, no estamos ante una ardua tarea. Para empadronarse correctamente, es necesario acudir al ayuntamiento del municipio de residencia con la documentación requerida, que generalmente incluye el documento de identidad o NIE y un justificante de domicilio como, por ejemplo, el contrato de alquiler o la escritura de la vivienda. Algunos municipios también permiten realizar este trámite a través de su sede electrónica.

Herrera en COPE

Herrera en COPE

Con Carlos Herrera

Lunes a viernes de 06:00h a 13:00h

Programas

Último boletín

12:00H | 7 FEB 2025 | BOLETÍN