¿Es constitucional limitar el precio del alquiler por ley?

El Constitucional ha avalado la norma que ligó la subida de las rentas anuales al IPC, así como la creación de un índice de referencia del precio del alquiler

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El pleno del Parlamento catalán ha aprobado la ley que limita el precio de los alquileres en los 60 municipios de mayor población, la cual afecta a aquellas viviendas que estén dentro de una área declarada como "mercado de vivienda tenso". Quedan exentos los arrendadores "vulnerables", esto es, aquellos que ingresen menos de 2.000 euros al mes.

Se consideran "áreas con un mercado de vivienda tenso" aquellas en las que el precio de los alquileres presente un crecimiento sostenido notablemente superior a la media catalana, aquellas en las que los arrendatarios tengan que destinar más del 30 % de sus ingresos a pagar las mensualidades o aquellas en las que el precio del alquiler haya subido tres puntos por encima del IPC en los últimos cinco años.

Con la oposición del sector inmobiliario, que considera que la medida desincentivará el alquiler frente a la venta, la principal incógnita es conocer si el texto tendrá recorrido. El Consejo de Garantías Estatutarias consideró que casi una docena de artículos vulneraban el Estatut o la Constitución. De hecho, se desconoce si acabará suspendida en el Tribunal Constitucional. Si el Gobierno de Pedro Sánchez decidiese impugnarla, la ley quedaría suspendida de inmediato una vez se admita a trámite el recurso. Pero si quien recurre es un grupo parlamentario, la norma seguirá en vigor hasta que se pronuncie el Tribunal Constitucional.

LA COMPATIBILIDAD DE LA LIMITACIÓN CON LA PROPIEDAD

La duda que se plantea es sobre la compatibilidad entre la limitación de precios en el mercado inmobiliario y el derecho a la propiedad privada reconocido por la Constitución Española. La mayoría de la doctrina jurídica considera que limitar la subida de los alquileres puede ser constitucional, aunque con matices, como que se trate de un mercado tenso.

El propio Tribunal Constitucional ha avalado este año el real decreto-ley por el que, entre otras cosas, se incrementó la duración de los contratos de arrendamientos a 5 o 7 años, así como la limitación de la subida de las rentas al IPC. También avaló la necesidad de la creación de un índice de referencia del precio del alquiler.

Lo cierto es que en Europa países como Alemania han limitado el precio del alquiler. En Berlín, en particular, las subidas de los nuevos contratos se limitan al 10% del alquiler medio de la zona en la que se encuentra la vivienda. Esta norma se cuestionó ante el Tribunal Constitucional, que acabó validándola. El órgano jurisdiccional argumentó que no se viola el derecho a la propiedad si los límites ponen coto al deterioro de un espacio urbano que provoca un aumento de los alquileres. Ahora bien, la ley está limitada a los nuevos contratos, a las zonas “con un mercado de viviendas tenso” y es temporal.

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